“Facultad disciplinaria no es para desconocer derechos a minorías y oposición”

Crédito: COLPRENSA - EL NUEVO DÍA
Margarita Cabello, en entrevista, niega que esta sea una reforma que se está aprobando para quitar derechos a la oposición, como también descarta que en la misma se esté creando una gran planta de personal, la cual vaya ser entregada como ‘mermelada burocrática’ a los congresistas que la aprueben.
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Aunque su estilo le ha llevado a no ser tan mediática, la procuradora General de la Nación, Margarita Cabello, salió por estos días a ser muy activa ante los medios para defender el trámite de la reforma al código disciplinario, el cual considera fundamental para que esa entidad pueda seguir sancionando a los funcionarios de elección popular.

Cabello, en entrevista con Colprensa, niega que esta sea una reforma que se está aprobando para quitar derechos a la oposición, como también descarta que en la misma se esté creando una gran planta de personal, la cual vaya ser entregada como ‘mermelada burocrática’ a los congresistas que la aprueben. 

De estos aspectos y otros que trae la reforma, habló la procuradora General Margarita Cabelllo.

PROCURADORA

 

- ¿Por qué el proyecto ha generado tanta controversia, en especial de la oposición que lo rechaza?

Creo que no han entendido la reforma. La tildan de un mecanismo de represión propio de las dictaduras, de un leviatán, de un proyecto antidemocrático, etc. En otras palabras la han satanizado. Nada de eso, lo único que se busca es mantener la institucionalidad y el poder que el Constituyente de 1991 le reconoció a la Procuraduría General de la Nación.

Basta señalar que actualmente hay más de 10.000 procesos contra funcionarios públicos en riesgo de prescribir, desde el año pasado la Procuraduría no puede suspender ni destituir funcionarios de elección popular como consecuencia de la decisión de la CIDH. 

El proyecto de ley es una forma de dar respuesta a esos problemas y otros que se generarían con la entrada en vigencia de un Código Disciplinario que está suspendido desde el 2019. Finalmente debo señalar que la facultad disciplinaria no es un instrumento para desconocer los derechos de las minorías y de la oposición. De eso soy garante.

 

- ¿Con lo aprobado en las comisiones primera cómo se cumple lo ordenado en la sentencia de la CIDH en el caso Petro cuando fue alcalde Bogotá?

La CIDH ordena que quienes tomen decisiones disciplinarias cumplan el principio de jurisdiccionalidad y el proyecto cumple esa orden. Igualmente, la CIDH exigió separar la función de instrucción y juzgamiento, eliminar la única instancia. El proyecto introduce esas garantías y adiciona una doble conformidad. Adicionalmente, mantiene el control frente a la decisión sancionatoria de la jurisdicción contenciosa. Así las cosas, los servidores públicos y, específicamente los de elección popular, tienen la garantía que el poder disciplinario será ejercido, como hasta ahora, con total transparencia, imparcialidad, independencia y justicia.   La reforma en curso dota al proceso disciplinario de esas garantías.

 

- ¿Pierde o mantiene la Procuraduría la facultad para destituir a los funcionarios elegidos por voto popular como alcaldes y gobernadores, entre otros?

Con la reforma al Código Disciplinario la Procuraduría mantiene la facultad para destituir, inhabilitar y suspender a esta clase de servidores. Desde la sentencia de la CIDH estamos viviendo una especie de “suspensión convencional de la función disciplinaria” en tanto las destituciones e inhabilidades a los servidores de elección popular  no se toma y, en las que se hace, los jueces de tutela ordenan no aplicarlas. Hay aproximadamente 12.000 procesos contra servidores de elección popular que, podrían no tramitarse, bajo el argumento de la falta de competencia de la Procuraduría.

 

- ¿Es cierto que la Procuraduría asume funciones jurisprudenciales que no le corresponden?

El proyecto de ley solicita al Congreso de la República atribuir función jurisdiccional a la función disciplinaria. Eso no convierte a la Procuraduría en juez ni tampoco le otorga mayores poderes a los que le reconoció la Constitución de 1991.

 

- ¿Cuáles otros temas trae la reforma al Código que no se han destacado por la polémica de que no cumple lo ordenado por la CIDH?

Lo resumo en dos palabras “mayores garantías”. Se separa la etapa de investigación y la de juzgamiento, lo que garantiza que quien llevó la investigación no puede sancionar al funcionario público; se elimina la única instancia, en consecuencia se garantiza que toda decisión sancionatoria pueda ser recurrida ante el superior de quien la emitió;  se consagra el recurso de doble conformidad. El control de la decisión sancionatoria ante la jurisdicción de lo contencioso. En el debate en comisiones se incluyó la defensoría pública para quienes no puedan proveerse su defensa.

 

- ¿Cómo y por qué en la ley se ordena una ampliación del personal de la Procuraduría?

Lo primero que quiero al responder esta pregunta, es hacer una invitación a la opinión pública para conocer el objeto, razones y causas del proyecto de ley que se debate en el Congreso, pues su finalidad no es la creación de cargos como algunos lo pregonan.  No. Está es una de las grandes mentiras que se han dedicado a difundir quienes quieren que la reforma al Código Disciplinario no se apruebe. Debo advertir que brindar mayores garantías a los funcionarios investigados a través de la división de la etapa de instrucción y juzgamiento puede requerir la vinculación de nuevos profesionales, después de un análisis que haga la función pública de la actual planta, vamos a tener que hacer una reasignación de funciones, pero sin lugar a dudas se requerían algunos puestos de trabajo no de la magnitud que han señalado.

 

- ¿Qué responder a los críticos que dicen que ese ampliación de personal es en tiempo de pandemia y cuándo no hay presupuesto?

Insisto. La implementación de las garantías que contempla la reforma,  van a generar la necesidad de reasignar o reorganizar los cargos que tiene la entidad. Sin embargo, en caso que se requiera ampliar la planta ello se hará con la menor afectación presupuestal. Somos conscientes de la situación fiscal y social de país y, por ello, se ha propuesto que si el estudio arroja que se requieren los cargos, su implementación se haga de forma gradual. No tengo ningún interés burocrático, eso que quede claro.

 

- ¿El senador Roy Barreras, aseguró que desde la Procuraduría se va dar burocracia a los congresistas que voten la ley, dice que es una “manzana envenenada” es cierto?

Absolutamente falso, tan descabellado y malintencionado como la afirmación de que las investigaciones se abren con intereses diferentes al de impartir justicia.

 

- ¿En qué puntos está dispuesta la Procuraduría en modificar el articulado para la segunda vuelta?

El trámite legislativo es deliberativo. Si la modificación tiene como fin reforzar las garantías y cumplir con mayor celo los principios de imparcialidad, autonomía e independencia que se predican de quien juzga, bienvenidas las propuestas. Mi único interés es que se apruebe el mejor estatuto disciplinario posible y, en esa línea, que no se desconozca la función constitucional que cumple la Procuraduría General de la Nación.

 

- ¿Será el Congreso el que escoja a la comisión disciplinar que a la postre los irá a investigar y sancionar?

No. En este punto quiero resaltar la forma en que actuaron las comisiones primeras de Cámara y Senado, porque creo que es lo que legitima su función en un Estado como el nuestro.  En un proceso deliberativo se decidió que la sala que va a juzgar en primera instancia a servidores de elección popular  se integre  el marco de un concurso de méritos que efectuará la Comisión del Servicio Civil. Los tres mejores puntajes integrarán la mencionada sala con un período fijo de cuatro años. En consecuencia ni el Congreso ni el Procurador intervendrán en su conformación.

Credito
COLPRENSA

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