Suspenden algunas funciones de la Csivi

COLPRENSA - EL NUEVO DÍA
La suspensión se da mientras se estudia de fondo una demanda de nulidad que presentaron en conjunto Jaime Castro, Carlos Holguín Sardi, Óscar Ortiz y Hernando Yepes, entre otros.

El Consejo de Estado suspendió de manera provisional una de las funciones que tiene la Comisión de Seguimiento, Impulso y Verificación a la implementación del Acuerdo Final (Csivi).

La Sección Primera suspendió como medida cautelar el numeral 6 del artículo 3 del decreto 1995 del 7 de diciembre de 2016 que creó la Comisión, y en donde se señala que esa entidad podrá “constatar que el contenido de todos los proyectos de decreto, ley o acto legislativo que sean necesarios para implementar el Acuerdo Final, correspondan a lo acordado antes de que sean expedidos por el Presidente de la República o presentados ante el Congreso, según sea el caso”.

La suspensión se da mientras se estudia de fondo una demanda de nulidad que presentaron en conjunto Jaime Castro, Carlos Holguín Sardi, Óscar Ortiz y Hernando Yepes, entre otros, contra todo el decreto, esto por considerar que el Presidente de la República, Juan Manuel Santos, se extralimitó en sus funciones en la expedición de este decreto.

La Sección otorgó la suspensión al estimar que esa facultad de la Comisión implica un examen previo “al trámite para la formación de los decretos, las leyes y los actos legislativos en general, adicional al establecido en la Constitución”.

“No se observa, ni en la Constitución, ni en la ley que la iniciativa de las instituciones democráticas legítimamente constituidas en temas trascendentales para el país, deba someterse al estudio previo y obligatorio de la Csivi… es dable concluir que la función asignada en el decreto reglamentario excede el marco constitucional y legal si, como dan a entenderlo los demandantes, constituye una etapa previa que vincula a las instituciones democráticas para ejercer la iniciativa gubernamental y legislativa”, dice el auto.

De acuerdo con el Consejo de Estado, se podría entender “que la facultad otorgada a la Csivi condiciona la iniciativa legislativa” lo cual es inadmisible y “una intromisión de la competencia a cargo de las autoridades revestidas de iniciativa ejecutiva y legislativa, de las cuales también es titular el gobierno, el Congreso y el pueblo”.

 

Investigar casos en Casanare

El Consejo de Estado le solicitó a la Fiscalía y a la Jurisdicción Especial para la Paz (JEP) que examinen la posibilidad de investigar un caso de desaparición forzada atribuido a las Autodefensas Campesinas del Casanare (ACC).

Esto, con el fin de que, eventualmente, se individualice y se juzgue a los responsables de la conducta de la que fue víctima el enfermero Henry Calixto Rey Morales, integrante de una misión médica atacada por ese grupo paramilitar en agosto del 2003.

Así lo indicó la Sección Tercera del alto tribunal al condenar a la Nación, representada en el Ministerio de Defensa, el Ejército y la Policía nacional, por la desaparición y muerte de Rey, quien integraba el grupo que cayó en manos del grupo armado dirigido por Héctor Germán Buitrago Parada, alias ‘Martín Llanos’.

 

Dato

Entre 1986 y 2007 se registraron 2.553 personas desaparecidas y entre el año 2001 y 2004 en los municipios de Sabanalarga, Villanueva, Monterrey, Aguazul, Tauramena, Maní, Chámeza, Recetor y Yopal, 746 fueron  desaparecidas.

Credito
COLPRENSA

Comentarios