Democracia colombiana (II)

Augusto Trujillo

Los juristas Manuel Aragón Reyes, español, y Humberto Sierra Porto, colombiano, fueron los directores académicos del Congreso Mundial de Derecho organizado por la World Jurist Assocciation (WJA), al cual me referí en columna anterior. Se sucedió en Barranquilla los días 2 y 3 de diciembre. Con su presencia, el día 4, la Editorial Tirant lo Blanch, la Academia Colombiana de Jurisprudencia y la Universidad del Norte organizaron una especie de colofón del Congreso en Santa Marta, que se cumplió en la Quinta de San Pedro Alejandrino.
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Este evento sirvió de marco para la presentación de un libro emblemático de la Academia, titulado “Historia Constitucional de Colombia” y para la realización de un foro sobre los retos del constitucionalismo colombiano a los treinta años de expedida la Carta Política de 1991. Pero también, para ratificar la idea de que el World Peace & Liberty Award, otorgado por la WJA a la democracia colombiana significó un merecido reconocimiento. ¿En qué sentido? Un premio a la democracia es un premio al pueblo. Al ciudadano común que suele hacer historia desde siempre, pero que la historiografía suele volverlo invisible.

Las movilizaciones de ese ciudadano común en América se sucedieron desde 1721 y se les conoció como protestas comuneras: En Paraguay, en Corrientes, en la Nueva Granada. Se sucedieron antes de la independencia de los Estados Unidos y antes de la revolución francesa. Probablemente la independencia de las colonias iberoamericanas es resultado de influencias múltiples, pero, ante todo, se nutrió del mismísimo pensamiento español que hunde sus raíces en la Edad Media y que fue renovado por la Escuela de Salamanca en los albores de la Modernidad. En 1520 los Comuneros de Castilla se levantaron contra el rey Carlos v, y eligieron unas Cortes que aprobaron la “Ley Perpetua de Ávila”, norma que el rey no podía modificar, de manera que tuvo características constitucionales.

Después de la independencia, en la Nueva Granada, la llamada generación de la anti-colonia propuso una nueva Constitución: La de 1853, en cuyo texto se plasman conceptos de autonomía política para las provincias, en lo que podría ser el primer antecedente de lo que es hoy el modelo autonómico. Según el historiador Álvaro Tirado Mejía, al amparo de aquella Constitución, la Provincia de Vélez adoptó el voto femenino, por primera vez en el mundo.

El siglo xx consolidó la vocación civil de la República. Primero la Unión Republicana y luego la Generación del Centenario sentaron bases para superar las heridas de la guerra de los mil días. Luego la hegemonía conservadora intentó acertar en el manejo de las contradicciones de su época, la República Liberal hizo lo propio y el Frente Nacional permitió suscribir la paz a los jefes que antes se habían enfrentado en la violencia partidista.

El siglo xxi ha sido parco en materia de desarrollo democrático para los colombianos. Aun así, el ciudadano común sigue siendo pilar de unas formas jurídicas que subsisten a pesar de los gobiernos. Son estos los que abusan del poder, cooptan los instrumentos de control e interpretan la ley haciéndola decir lo que no dice. Si Colombia se mantiene como la democracia más antigua de América, es gracias al ciudadano común. Por eso es merecido el World Peace & Liberty Award que la WJA otorgó a la democracia colombiana.

*Envío a los lectores un saludo navideño. La columna aparecerá de nuevo en un mes.

AUGUSTO TRUJILLO MUÑOZ

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