El proyecto sobre la salud

Augusto Trujillo

Cuando escribo estas líneas, apenas miré transversalmente el proyecto de ley presentado por el Gobierno nacional. No estoy en condiciones de opinar sobre él, pero creo oportuno insistir en que la salud cuenta, desde hace 8 años, con una ley estatutaria que, a todo parecer, se estaba quedando escrita: la ley 1751 de 2015.
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En su exposición de motivos se consignó que el sistema de salud acusaba factores de crisis y las respuestas del gobierno “encontraron que la capacidad de agenciamiento de intereses de los agentes se ha sobrepuesto a la capacidad regulatoria del Ministerio”. En otras palabras, no era el Ministerio la autoridad máxima. Eran unas instituciones privadas y/o gremiales del sector. Tal cosa es, per se, irregular, genera consecuencias sobre la legitimidad del sistema y explica la actitud de quienes se resisten a cualquier tipo de reforma.

Las estadísticas muestran que la esperanza de vida progresa a tasas aceptables y que la desnutrición y la mortalidad infantil vienen disminuyendo. Pero la tasa de mortalidad materna se estancó y subsiste la inequidad entre regiones. En la primera década del presente siglo se reportaron dos millones seiscientas mil muertes, de las cuales un millón cuatro cientos fueron muertes evitables. La cifra pone en duda la efectividad del sistema.

Ahora bien, la propuesta no puede ser asumida en forma radical por el gobierno, que ahora parece estar en campaña, ni tampoco rechazada radicalmente por miembros de una oposición que se volvió visceral. El gobierno no puede suponer que el país está dividido en unos buenos y otros malos, como lo han hecho los voceros más hirsutos de la oposición, porque los gobiernos son para todos los ciudadanos. Pero tampoco es responsable afirmar que el proyecto quiere desmantelar el sistema, ni estatizar el régimen vigente. Ambas cosas son falsas. Se propone una atención integral desde instituciones oficiales, privadas y mixtas. 

Si lo que busca el proyecto de ley presentado por el gobierno es adoptar una política de Estado que enfatice en los determinantes sociales de la salud, puede aprobarse por vía de ley ordinaria, porque la ley 1751, que es estatutaria, lo autoriza. Lo mismo, si lo pretendido es modificar la célebre ley 100. Por fortuna hay un Congreso plural, integrado por fuerzas políticas con diversidad de criterio, opiniones e intereses. Es la gran ventaja de la democracia. 

El péndulo de la historia parece estarse devolviendo: hace medio siglo brilló una tendencia del pensamiento moderno que acentúa el principio de la libertad, desde el cual se visualizó una especie de bonanza sin fin, responsable del crecimiento económico y del progreso social. Al no arribar a esa tierra prometida, se comienza a mirar hacia otra tendencia del pensamiento moderno que acentúa el principio de la igualdad. Desde él no se ven bonanzas eternas, sino remedios temporales para exclusiones permanentes producto del abuso de las libertades.

Todo eso es posible desde el Estado de derecho, siempre y cuando se asuman la política como sustituto de la guerra y el derecho como la mayor garantía de convivencia. No es difícil obtener acuerdos de mínimos. Basta con privilegiar el diálogo amplio sobre esta polarización a ultranza que, sin duda, se arraiga más en la cúpula que en la base.

 

AUGUSTO TRUJILLO MUÑOZ

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