Incodol desconoció a la Corte Constitucional y el derecho de morir dignamente

“Como si se tratara de una jugadita burocrática y no del dolor, la enfermedad, la vida y la muerte digna de una persona que, más que expresar un concepto teológico, está exigiéndole al Estado el cumplimiento de un derecho, Incodol, de un plumazo, deshizo su concepto y su autorización”.

Martha Sepúlveda, una valiente y sonriente mujer antioqueña, iba a morir dignamente el pasado domingo a las siete de la mañana, suficiente tiempo antes de que la Esclerosis Lateral Amiotrófica (ELA) la suma en una caverna de dolor invencible y limitaciones absolutas y la lleve al mismo inevitable desenlace, pero muy seguramente años después de que su cuerpo, su alma y su familia sufran lo indecible. Irónicamente, el semblante de doña Martha se iluminó cuando supo que su eutanasia había sido aprobada por el Instituto Colombiano del Dolor, Incodol, y que el 10 de octubre, a la hora en que salía para misa, iría esta vez, pero a reunirse con el Creador, al que fervorosamente ama su ser católico.

Pero la mujer no pudo liberarse de las garras de esta desoladora enfermedad porque pocas horas antes de su eutanasia, el mismo Instituto que le había aprobado el procedimiento, se lo negó luego de cambiar su concepto, sin una nueva valoración a la solicitante. Como si se tratara de una jugadita burocrática y no del dolor, la enfermedad, la vida y la muerte digna de una persona que, más que expresar un concepto teológico, está exigiéndole al Estado el cumplimiento de un derecho, Incodol, de un plumazo, deshizo su concepto y su autorización.

Más allá del debate religioso que se originó con la solicitud de Marha Sepúlveda y que, objetivamente, no viene al caso, lo que nos demuestra un análisis simple de lo actuado es que lo que los miembros del Comité Científico Interdisciplinario para el Derecho a Morir con Dignidad de Incodol hicieron fue, sencillamente, desconocer un fallo de la Corte Constitucional que autorizó la eutanasia para las personas que tengan una enfermedad que aunque no sea terminal, sí implique una afectación grave en su calidad de vida.

A la burla que esta retractación le hace a la Corte, se suma la posición del Ministerio de Salud, que en un concepto carente de seriedad aseguró que el fallo de la Corte aún no tenía vigencia porque no se había notificado el mismo, lo que, a juicio de los expertos, es un error craso pues se sabe con certeza que los fallos de la Corte Constitucional son vinculantes desde el momento en que se expiden o se informan a través de un comunicado oficial. Y en este debate de rebajado nivel jurídico y ninguna consideración humanitaria, están hoy los derechos, la libertad y el deseo de Martha Sepúlveda de morir pronta y dignamente, como su corazón y su hijo lo esperaban tranquila y amorosamente.

EL NUEVO DÍA

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