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El Juzgado Promiscuo de Roncesvalles resolvió a favor de los habitantes del barrio El Palmar, una acción de tutela que protege los derechos fundamentales a la vida, integridad personal, la seguridad y la convivencia digna, asimismo, le ordena a la Alcaldía, la Gobernación del Tolima y a Cortolima adoptar medidas, en un término de cuatro meses, que mitiguen el riesgo por amenaza de remoción en masa en un predio privado.
El pronunciamiento del Despacho se emitió el anterior jueves 27 de octubre y como respuesta a una Acción de Tutela interpuesta por la Personería de ‘Ronces’, en representación de varios ciudadanos que se sienten vulnerables ante una problemática que habría comenzado a registrarse entre el 2016 y 2018.
Al parecer, con un “movimiento de remoción en masa en la parte trasera del lote de terreno de propiedad de Eutimio Mora, el cual fue puesto en conocimiento de la Administración municipal de la época”, se precisa en el documento del Juzgado.
Igualmente, se hace referencia a que en esa época funcionarios de la Alcaldía visitaron el lugar e implementaron algunas acciones como zanjas de coronación y cubiertas de plástico, no obstante, no fueron efectivas, ya que no estableció las causas del problema y por lo tanto no se adoptó una “solución verdadera”.
Otros de los aspectos expuestos en la acción jurídica es que por más de dos años no se volvió a evidenciar algún tipo de intervención, por lo que la situación se agudizó, muestra de ello es que se redujo notablemente la distancia entre la ladera y las viviendas construidas sobre el perímetro urbano del barrio El Palmar.
De la misma forma, el demandante precisó que son tres familias las que habitan en el mismo número de viviendas y que están próximas al área de afectación.
En medio del proceso, las entidades demandadas como fue el caso de la Alcaldía de ‘Ronces’, en cabeza del mandatario Ómar Espinosa, expuso que no se están vulnerando derechos, asimismo, se argumentó que ha solicitado apoyo a entidades departamentales y nacionales para hacer un estudio geofísico, pues el Municipio carece de los profesionales que se requieren y el presupuesto.
Por su parte el Departamento, Cortolima y la Unidad Nacional para la Gestión del Riesgo de Desastre, concordaron en aspectos como el hecho de que el responsable de la gestión del riesgo en el municipio es el Alcalde, igualmente, que las labores en caso de entidades como la autoridad ambiental, son subsidiarias.
Medidas a implementar
Tras escuchar los argumentos de cada una de las partes, el Juzgado decidió tutelar los derechos fundamentales a la vida, seguridad, dignidad humana y vivienda digna de los habitantes del barrio El Palmar.
Por ello, ordenó a la Alcaldía de Roncesvalles, en un término de 48 horas contadas a partir de la notificación “realizar todo lo necesario para planear, coordinar, autorizar y ejecutar en un término no mayor de cuatro meses las obras de fondo requeridas para mitigar el riesgo” que está en un predio privado y que afecta a todos los residentes de El Palmar.
También, se le exige a la Administración local en un plazo que no supere los 120 días, planear y ejecutar las obras de fondo para reducir el riesgo y dado el caso que no se logre mitigar, se deberá realizar todas las acciones pertinentes, según disponga la normatividad, para que de manera inmediata se “reubique a los núcleos familiares más próximos a la zona de derrumbe”.
Otra de las órdenes es que en un término de ocho días se implementen acciones permanentes de drenaje de los depósitos de agua en el predio objeto de riesgo.
A la Gobernación del Tolima, el Juzgado le dicta bajo sus competencias de subsidiariedad desplegar toda la ayuda necesaria que requiera Roncesvalles para ejecutar las obras recomendadas, “sin limitarse a recursos económicos, humanos, equipos, herramientas, etc.”.
Mientras que a Cortolima se le pide el apoyo que requiera la Alcaldía y el Departamento para las labores y estudios necesarios.
En este caso se queda a la espera, para conocer si alguna de las partes impugna la decisión.
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