Y aunque se cuenta con taxis blancos, estos no pertenecen a compañías propias de la región, ya que las que ejercen son contratados con empresas de otras ciudades.
El 25 de febrero fue expedido el decreto que reglamenta el servicio público de esta modalidad y deroga el decreto 174 de 2001. El nuevo decreto exige obligaciones a las empresas que están habilitadas actualmente para que se acojan en un lapso de dos años a la normativa, en el caso de empresas nuevas, estas contarán con la reglamentación desde su inicio.
Los vehículos tendrán la similitud de tener colores verdes y blancos bajo un mismo estándar, entre otras particularidades, con el objetivo de regular las empresas que brindan el servicio, luego de los acontecimientos dolorosos que ha vivido el país como accidentes donde los niños son los principales afectados, debido a la falta de reglamentación en el transporte público especial.
La nueva norma será complementada por resoluciones que buscaran la reglamentación para chivas y camperos, ya que los conocidos taxis blancos no han sido autorizados por el Gobierno nacional para brindar el servicio.
Virgilio Aldana Fernández, representante de la empresa Transporte Especial Aldana Rico S.A.S., manifiesta que “llevo 14 años prestando el servicio a turistas, y me parece el colmo que aquí el gobierno no brinde las facilidades para hacer empresa, en mi caso tengo que hacer contratos con empresas de otras ciudades, porque aquí no hay”, refiriéndose a los carros blancos de servicio preferencial.
La congelación del parque automotor es la piedra en el zapato para el crecimiento de estas empresas, pero la Asociación Colombiana de Transporte Terrestre Automotor Especial, Acoltés, asegura que gracias a su gestión las transportadoras podrán renovar sus vehículos y estar exentos del IVA.
Se logró acoger por medio del Estatuto Tributario la exclusión del IVA, para la renovación de vehículos de transporte público de pasajeros, para propietarios de uno a tres vehículos, pero únicamente es permitida la renovación de uno de estos, beneficio que tendrá un plazo de cuatros años.
Por su parte, el ibaguereño, Lupoani Sánchez, presidente nacional de Acoltés, aseguró que “aquí todos ganamos, por la seguridad, comodidad y calidad que tendrá el servicio, por eso, gana el usuario, el conductor, el propietario, la empresa, el estado en general, y pierden los que se dedicaron a vender cupos todos estos años”.
Con La reglamentación
Los vehículos que transportan a escolares sólo tendrán 15 años de uso, después podrán prestar el servicio empresarial y de turismo hasta llegar a su vida útil de 20 años.
Los colegios no pueden ganar sobre los contratos de transporte.
Se obliga a poner cámaras en los vehículos de transporte escolar y disponer de dos puertas.
Después de 20 años de vida útil todo vehículo de la modalidad debe chatarrizarse.
La contratación solo se puede realizar con empresas.
Se prohíbe los contratos con propietarios o conductores.
Monitoras y adultos acompañantes son responsabilidad de los colegios.
Todas las empresas deben ser dueñas de por lo menos el 20% de los vehículos.
Se debilita el sistema afiliador puro.
Ministerio de Transporte enviará todos los contratos a la Dian para controlar los ingresos y evitar la evasión de impuestos.
Grandes responsabilidades en Seguridad vial en cabeza de las empresas.
Todos los conductores deben tener contrato laboral, prestaciones sociales y parafiscales.
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