La Contraloría de Ibagué en informe final de auditoría a la Corporación Festival Folclórico Colombiano estableció ocho hallazgos -cinco con alcance administrativo, dos disciplinarios y uno de carácter penal- por el cobro de cuatro cheques por 22 millones 637 mil pesos en nombre de Gloria Enid Ardila Guevara, representante legal de Teatrapo Teatro.
La artista y empresaria Ardila Guevara, puso en conocimiento del ente de control fiscal las irregularidades cometidas en el cobro de los cheques por la supuesta prestación del servicio de coordinación de logística en la celebración del Festival Iberoamericano de Teatro (2014). Los recursos fueron cobrados en su nombre.
La Contraloría estableció que la artista no celebró ni ejecutó personalmente la coordinación logística general del Festival Satélite y que corresponden a los comprobantes de egreso de la Corporación Festival Folclórico Colombiano 4639 y 4640.
De igual manera, los cheques no registran firma de recibido y la cuenta de cobro no contiene firma de puño y letra de Ardila Guevara, “lo que demuestra posiblemente falsedad en documento privado que involucran recursos públicos, por ende da lugar a trasladar las diligencias a la Procuraduría General de la Nación y a la Fiscalía General de la Nación”, subraya el informe de auditoría.
De igual manera, resalta que los mismos fueron endosados, cobrados y ejecutados por personal vinculado directa e indirectamente con la Corporación efectuando la transacción bancaria los días 10, 11, 15 y 24 de abril de la anterior vigencia.
Los involucrados
La auditoría efectuada detectó que los respectivos giros no registran la firma de puño y letra de Gloria Enid Ardila. Yulieth Villanueva, encargada de efectuar los giros en la Corporación, aceptó haber endosado y enviado a cambiar los cheques, para posteriormente entregar el efectivo a Gloria Inés Espinosa, quien se encargó del manejo de los mismos.
La Contraloría argumentó que aunque se presume el principio de la buena fe en estos casos, “la labor de ejecutor como de supervisor debe ceñirse a seguimiento y verificación de las actuaciones en desarrollo de las actividades contratadas, siendo incoherente que sea la misma entidad ejecutora la que cobre y administre recursos girados a nombre de terceros no reales, lo que deja entrever no solo suplantación de identidad, como en el endoso de los cheques, sino falsedad en documento, por lo tanto se ratifica esta observación como hallazgo administrativo con incidencia disciplinaria y penal”.
“Yo firmé con mi letra, escribiendo el nombre de la señora y número de cédula de ella que vi en los documentos soportes, pero necesitábamos cambiarlo para entregarle la plata a mi compañera Gloria Inés Espinosa, encargada de hacer los pagos”, dijo Villanueva.
Al ser cuestionada si dimensionó el hecho de endosar el cheque en nombre de Ardila Guevara, replicó que “la verdad no dimensioné el alcance, porque al fin y al cabo yo no entregaría la plata a los beneficiarios y la firma de la señora la hice con mi tipo de letra”.
La Contraloría establece, de igual forma, que los mismos fueron administrados indirectamente por delegados de la Secretaría de Cultura, bajo reembolso de los mismos, una vez asumido el gasto y se realizaron algunos pagos por gastos que no eran de su competencia, algunos de los cuales no fueron debidamente soportados.
La representante Legal de la Corporación, Bethy García, manifestó haber sido Eduardo Torres, contratista de la Secretaría de Cultura local, quien inicialmente entregó a la Corporación los documentos personales de Ardila Guevara, fotocopia de cédula de ciudadanía y RUT, y finalmente allegó la respectiva cuenta de cobro, versión ratificada por la señora Villanueva y Espinosa, adscritas a la Corporación.
Torres argumentó no haber entregado los documentos.
La devolución de recursos
La Corporación efectuó de la misma forma el cobro de recursos por valor de dos millones 346 mil 450 pesos en abril de 2014, que no cumplían con las características tributarias que permiten la legalidad de la transacción comercial y en otros casos, no registran soportes que justifiquen dichos gastos.
El 19 de febrero de 2015, la Contraloría ratificó el hallazgo administrativo y retira la incidencia fiscal. Sin embargo, la Corporación allega soportes por 550 mil pesos y posteriormente tres consignaciones acreditando el devuelto de lo adeudado a la fiducia, que constituye un beneficio del control fiscal.
Recuerde que:
La Corporación Festival Folclórico Colombiano suscribió con la Secretaría de Cultura el convenio 210 de 2013 para la celebración del Festival Folclórico Colombiano (2014).
En la claúsula décima se estableció que las obligaciones del supervisor eran “la vigilancia, el seguimiento y la verificación técnica, administrativa y contable de la ejecución y cumplimiento del convenio”. Esta responsabilidad recaía en la Secretaría de Cultura, Turismo y Comercio o quien haciera sus veces.
El órgano de control fiscal evidenció la deficiente planeación de las actividades en el desarrollo del 42° Festival Folclórico Colombiano, así como en los festivales de Música Sacra e Iberoamericano de Teatro.
Comentarios