Muchas personas se trasladaron a los Fondos Privados de pensiones con la idea de que el valor de su pensión sería más alto en el fondo privado que en el ISS o en la Caja o Fondo Público en el que estaban. Sin embargo, hoy están encontrando, en muchos casos, que el valor de la pensión en Colpensiones, de no haberse trasladado al fondo privado, resulta mucho mayor que en este, pero cuando solicitan su regreso a Colpensiones, le informan que ya no se pueden devolver, por faltarles 10 años o menos para la edad de pensión. ¿Qué hacer?
Existe una alternativa jurídica con la que se puede recuperar el régimen que tenía y devolverse a Colpensiones, cumpliendo con unos requisitos. Giraldo Abogados, empresa constituida en 2005, que cuenta con 10 oficinas en siete departamentos y miles de procesos adelantados en diferentes temas en su portafolio jurídico, lo asesora en este trámite. Su misión: Recuperar el régimen pensional más favorable.
¡Estaban desinformados!
Los afiliados no conocían, en su caso particular, las ventajas y desventajas de trasladarse al Fondo Privado de Pensiones. Aún así, sin información veraz, técnica, adecuada y suficiente para tomar la decisión más importante de su vida, se trasladaron y hoy sufren las consecuencias. La buena noticia es que se puede anular judicialmente su traslado.
Dese la oportunidad de que Giraldo Abogados & Asociados estudie su caso a través de una consulta gratuita.
Informes
La oficina de Giraldo Abogados & Asociados en Ibagué está en la carrera Segunda No. 11 – 70, centro comercial San Miguel. Teléfono: 2610200 y celular: 3182393588.
Para mayor información, visite la página web www.giraldoabogados.com
¡El magisterio tiene derechos!
Profe, si solicitó cesantías o está pensionado, puede iniciar el trámite de sanción por mora en el pago tardío de las cesantías o reliquidar la pensión para aumentar el valor de la misma.
Muchos profesores creen que la pensión está bien liquidada. Sin embargo, cuando revisamos la misma, encontramos que la Fiduprevisora no incluyó en ella todos los factores salariales como por ejemplo la prima de navidad, la prima de vacaciones, la prima de servicios y otros. Si quiere aumentar el valor de la pensión, debe demandar con Giraldo Abogados ante los jueces administrativos.
Se requiere de copia de la resolución que otorgó la pensión y de la reliquidación si hubo, y un certificado salarial de los dos años anteriores al estatus de pensionado.
Frente a las Cesantías parciales o definitivas, cuando se solicitan, existe una obligación legal de ser pagadas a tiempo dentro de los 60 días hábiles siguientes a la fecha de la petición. Sin embargo, se están demorando nueve meses y más, en pagarlas. No otorgar las cesantías a tiempo genera a favor del docente un día de salario por cada día de retraso en el pago de las mismas, sanción que en muchos casos supera el valor de las cesantías solicitadas.
Se exige que nos allegue copia de la resolución que otorgó las cesantías, solicitud de las mismas (si se tiene), el recibo de pago y un certificado de salarios del año de solicitud de las cesantías.
¡Sí se puede!
Giraldo Abogados & Asociados ha logrado que miles de docentes obtengan una decisión favorable al reconocerles la sanción por mora en el pago de las cesantías y reliquidarles la pensión por factores salariales.
¡Honorarios sobre resultados positivos!
Informes
La oficina de Giraldo Abogados & Asociados en Ibagué está en la carrera Segunda No. 11 – 70, centro comercial San Miguel. Teléfono: 2610200 y celular: 3182393588.
Para mayor información, visite la página web www.giraldoabogados.com
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