Para la DAF, si se promulga acuerdo del predial se generaría detrimento

COLPRENSA - EL NUEVO DÍA
La Directora de Apoyo Fiscal (Daf) del Ministerio de Hacienda, asegura que no se debe sancionar el acuerdo, porque pone en una situación de alto riesgo jurídico al municipio y al mismo gobernante.

EL NUEVO DÍA: Se ha especulado que hubo un concepto por parte de la Dirección de Apoyo Fiscal, en el cual se le recomienda al Alcalde no sancionar el acuerdo. ¿Cuál es la posición del Ministerio de Hacienda, y es cierto que se le ha consultado para que dé luces sobre este tema?

ANA LUCÍA VILLA: Nosotros le enviamos un comunicado al Secretario de Hacienda haciéndole unas recomendaciones y observaciones sobre cómo podía manejar la situación de una actualización catastral, sin que haya visto hasta diciembre de 2017 una modulación de tarifas y la aplicación de la norma que obliga a no cobrar más del 100% del impuesto que la persona pagó en la vigencia anterior, independientemente del valor catastral que le hayan adjudicado por el Agustín Codazzi. Esto, parece ser, no lo hizo la entidad territorial ni lo hizo el Concejo en diciembre.

El punto complicado aquí es que durante la vigencia fiscal lo único que el Alcalde puede modificar con acuerdo del Concejo son los plazos y los descuentos por pronto pago; pero el Alcalde ya en la vigencia actual, no puede cambiar ni la base gravable ni las tarifas. Legalmente él no puede hacer eso.

E.N.D.: Entonces, ¿qué ocurre con el acuerdo que fue aprobado hace una semana?

A.L.V.: El Concejo aprueba un acuerdo donde dice que no va a aplicar la actualización catastral, eso lo debió haber hecho en noviembre o diciembre de 2017 para mantener la base catastral que estaba vigente y anunciar a los contribuyentes que para el 2019 hay una actualización catastral. Pero, parece ser, que recibieron una actualización catastral, pero el Igac, entiendo que tampoco hizo una actualización completa, es decir, los concejales tienen razón en lo que están aprobando, pero es extemporáneo, eso lo debieron haber aprobado en diciembre.

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Usted para un impuesto de periodo gravable completo, no puede cambiar las reglas de juego en la misma vigencia, porque eso es ilegal. Entonces, lo que dije verbalmente, porque no he expresado esto por escrito, se lo dije al señor Alcalde: a mí me parece que no debe sancionar ese acuerdo, sino un acuerdo en el que usted amplíe los plazos y dé unos descuentos por pronto pago y una salida a los contribuyentes, porque el problema es que ya hay muchos contribuyentes que pagaron, otros no, otros protestaron por el alto incremento, pero entonces le recomendamos una salida.

Ahora bien, nosotros aparte de un comunicado que expidió el Ministerio de Hacienda, no hemos dado conceptos, primero porque no me los han pedido por escrito, y segundo, porque no soy la entidad competente. La entidad competente para el catastro es el Agustín Codazzi. Entonces, lo que nosotros le hemos dado al Municipio son unas recomendaciones y de pronto aportarle unas salidas a la situación que se está viviendo en este momento.

En todo caso, desde la experiencia y de la historia que nosotros tenemos acá, nos parece que el Alcalde no debe sancionar un acuerdo que pone en una situación de alto riesgo jurídico a la entidad territorial y al mismo gobernante.

E.N.D.: Es decir, ¿el Alcalde podría terminar ‘emproblemado’ penal o disciplinariamente?

A.L.V.: Lo que pasa es que si él aplicó una base gravable alta, como es esta que le dio el Agustín Codazzi, sin las recomendaciones que se hacen cuando se va a actualizar el impuesto predial, cuando se va a cobrar el predial, pues sencillamente va a tener un detrimento patrimonial porque le entregaron una base gravable. Voy a ponerle un ejemplo de una casa que vale mil millones y él no adopta esa actualización catastral, entonces le van a decir: ‘usted está perjudicando el Municipio porque no está cobrando el impuesto sobre la base gravable que le dio el Agustín Codazzi’.

Él (Alcalde) pidió al principio, que se suspendiera la aplicación de la actualización catastral, para eso el competente es el Agustín Codazzi, no el Ministerio de Hacienda, ni el Presidente de la República, es el Igac.

Pero dado que el pronunciamiento no se le hizo al Agustín Codazzi, sino a la Presidencia de la República, pues obviamente nos lo enviaron acá y le hicimos una serie de recomendaciones para ayudar al Municipio a que sortee la situación.

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El acuerdo que el Alcalde puede sancionar es un acuerdo que amplíe los plazos de pago y que dé descuentos por pronto pago.

E.N.D.: Usted tuvo la oportunidad de reunirse con el Alcalde esta semana para tocar este tema...

A.L.V.: Yo hablé con el Alcalde pero no me acuerdo si fue la semana pasada o esta. Él pasó por acá porque venía de tener una reunión en el Ministerio de Cultura y como es cercano al Ministerio de Hacienda, pues vino y me saludó y le dije: Alcalde, sé el problema en el que está y me dijo, ‘ya el Concejo aprobó un acuerdo en donde se suspende, más o menos la actualización catastral’. Y le dije mi recomendación respetuosa es que no lo firme, no lo sancione porque puede ponerse en problemas serios.

E.N.D.: Al Igac es al que le corresponde definir si revoca o no la resolución de la actualización, ¿esta sería una salida a la problemática?

A.L.V.: Sería una solución al problema porque el Municipio lo va a hacer para el año entrante, porque ya para este no puede. Voy a poner un ejemplo, cuando a usted le llega el calendario de impuestos de rentas, y le tocaba pagar el 2 de marzo pero se fue hasta el 4, usted ya tiene que pagar con una sanción porque se le vencieron los términos. El problema de una actualización catastral entregada casi a vísperas de terminarse el año, asumirla como completa y cierta, pues obviamente que parte de la responsabilidad que tiene el Agustín Codazzi y en ese sentido le recomendamos al Alcalde que demande la resolución y que solicite al Agustín Codazzi la suspensión de su aplicación, es la única entidad que lo puede hacer: ni el Concejo ni el Alcalde lo pueden hacer.

E.N.D.: Pero esa decisión del Igac tendría efectos, no para esta vigencia fiscal, sino para el próximo año...

A.L.V.: Entiendo que sí, porque en este momento qué va a pasar con los contribuyentes que ya pagaron el impuesto. Ahora, esa es una decisión entre el Agustín Codazzi y la Alcaldía.

E.N.D.: Entonces, ¿la única solución antes de que el Agustín Codazzi se pronuncie, es no sancionar este acuerdo y presentar otro donde se amplíen los plazos y el descuento por pronto pago?

A.L.V.: Sí, que se dé descuento por pronto pago.

E.N.D.: Los concejales a través de una carta pública le solicitaron al Alcalde que de todas maneras lo sancione y que sea el Tribunal Administrativo en el control de legalidad el que decida. ¿Desde su perspectiva tiene lógica?

A.L.V.: Esas son ya decisiones que toman en la Administración. Entiendo que la Gobernación también tiene potestad sobre la revisión de la legalidad de los acuerdos de los municipios. Supongo que el Gobernador también solicitará el acuerdo sancionado y ningún contribuyente lo va a demandar, porque me imagino que si usted le dice al contribuyente, usted tenía que pagar 100 pesos y ya no tiene que pagar, pues el contribuyente se pone feliz y no demanda.

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Pero si esa es la decisión que el Alcalde toma con el Concejo, es de la autonomía territorial. Desde mi punto de vista lo vería inconveniente, pero no soy la autoridad para eso. Yo les recomendaría que también consultaran a los organismos de control, qué opina el Procurador, qué opina el Contralor y el Ministerio del Interior sobre la decisión del Concejo y el Alcalde.

E.N.D.: De todo este embrollo, ¿quién considera que sería el responsable, o, a dónde se cometió la falta, anomalía o irregularidad?

A.L.V.: Yo no voy a hablar de anomalías o irregularidades, lo único que voy a decir es que para adoptar una actualización catastral en una entidad territorial la fecha ideal es cuando el Concejo está en las últimas sesiones, aprobando modificaciones tributarias y el presupuesto de la entidad territorial para la vigencia siguiente. Si una actualización catastral llega después de las sesiones y el Municipio lo adopta, perdió la posibilidad de modular tarifas, descuentos y el calendario de pagos. Ya es la Administración municipal la que adopte esas medidas y hace el derrame de la facturación del predial.

E.N.D.: O sea que eso fue lo que no hizo la Secretaría de Hacienda...

A.L.V.: Porque le entregaron una actualización catastral a última hora. Y lo que la gente tiene en la cabeza es que la tiene que adoptar, pero la ley permite una serie de sesiones pero en la vigencia anterior, no en la presente.

E.N.D.: Si de pronto el Alcalde sanciona el acuerdo, ¿no sería solamente él, sujeto de esos riesgos que usted advierte, sino el mismo Concejo al aprobarlo?

A.L.V.: También serían sujetos de investigación disciplinaria por parte de la Procuraduría.

 

Preguntas y respuestas

E.N.D.: Para explicarle a los usuarios a quienes se les incrementó la base y el predial en más de un 100%, ¿deberán pagar este año tal y como quedó con la base catastral?

A.L.V.: Me explico, el catastro es la base gravable del impuesto predial, entonces, un predio se le puede incrementar catastralmente hasta en un mil por ciento, lo que no se le puede incrementar es el impuesto predial en más del 100% de lo que pagó en la vigencia anterior. ¿Qué pueden hacer las alcaldías? Aquí en Bogotá se han visto casos, que es lo que se sacó en el acuerdo que salió en noviembre del año pasado, que el incremento no puede ser superior al 25% del impuesto pagado en la vigencia anterior, esa es una potestad que tienen las alcaldías y los concejos.

E.N.D.: Pero antes de que entre la vigencia correspondiente...

A.L.V.: Antes de la vigencia, sí.

E.N.D.: ¿Esta situación es exclusiva de Ibagué o se ha presentado en otras ciudades?

A.L.V.: La situación como está hoy en día no se ha llegado a presentar, porque siempre antes de adoptar la base gravable, o sea la actualización catastral; y si el Alcalde o los secretarios de Hacienda tienen dudas, nos han consultado, han tratado de resolver los problemas antes de que se cierre la vigencia fiscal.

E.N.D.: O sea que no fue lo mismo que ocurrió en Tunja, donde hubo una serie de manifestaciones por el mismo tema...

A.L.V.: Pero allá sí estaba el acuerdo con los descuentos, con las fechas, con la modulación de las tarifas.

E.N.D.: ¿Quizá hay algo que desde su experticia y su conocimiento le pueda decir a los ibaguereños?

A.L.V.: Desde el Ministerio, uno lo que invita a la ciudadanía es a pagar el predial. Dos, esta era una ciudad que tenía un rezago en la actualización catastral. Tres, entender que toda la responsabilidad de la situación que se está viviendo no es de la Alcaldía, sino que aquí el Igac entregó una actualización extemporánea para hacer los debidos ajustes que debía hacer la Alcaldía. La decisión que el Alcalde tome, supongo yo, debe ser la más benéfica para los contribuyentes y, seguramente, si el Concejo lo obliga o lo invita a sancionar el acuerdo, tiene que tener muy claro el Concejo, también dar salidas a los contribuyentes que ya pagaron, porque si no se genera un problema de equidad con los que ya pagaron, pagaron a tiempo y como no protestaron, pues no van a ser sujetos de los beneficios.

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Dato

La bancada Liberal a través de un comunicado, pidió al Alcalde sancionar el acuerdo y que sea el Tribunal el que determine si es legal.

 

Frase

"El acuerdo que el Alcalde puede sancionar es uno que amplíe los plazos de pago y que dé descuentos por pronto pago", Ana Lucía Villa.

Credito
EL NUEVO DÍA

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