Esto quiere decir que los habitantes de Armero que eran dueños de los terrenos del antiguo casco urbano del municipio, hasta el 13 de noviembre de 1985, podrán solicitar en dichas oficinas el Formato de Recolección de Información y así mismo, anexar en caso de que se conserven, documentos que garanticen su propiedad, o declaraciones juramentadas ante la autoridad pública competente, que ayuden a determinar la condición de propietarios para ser incluidos en el RUP.
Esta es una reconstrucción predial, registral y catastral que se encuentra realizando el Gobierno nacional a través de la Superintendencia de Notariado y Registro e Instituto Geográfico Agustín Codazzi en cumplimiento de la Ley 1632 del 28 de mayo 2013, la cual rinde honores a la desaparecida ciudad de Armero, Tolima, y a sus víctimas, quienes son para este propósito su principal fuente de información en la labor que se está desarrollando.
Así mismo, la Superintendencia de Notariado y Registro pone a disposición la página web http://www.supernotariado.gov.co, para que las personas que cumplan con estos requisitos accedan a este proceso de reconstrucción.
Así lo informó el superintendente de Notariado y Registro, Jorge Enrique Vélez García.
Comentarios