Abecé para su declaración de renta virtual

Crédito: Jaime del Río / VANGUARDIA - EL NUEVO DÍAHoy martes, 18 de agosto, las cédulas terminadas en 91 y 92 deben presentar la Declaración de Renta y Complementario del año gravable 2019.
Después de presentar la declaración de renta por este canal digital, puede pagarla de manera electrónica.
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El calendario tributario para la Declaración de Renta y Complementario del año gravable 2019 ya está corriendo. Esta semana las cédulas terminadas entre 85 y 91 deberán presentar el documento (ver imagen). 

Este año el trámite puede realizarse de manera virtual. Sin embargo, debe contar con la firma electrónica. Este es un conjunto de datos que permite identificar al firmante de manera inequívoca dentro de los servicios electrónicos de la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales, Dian.

Para obtener en línea esta firma debe ingresar a la página de la Dian (www.dian.gov.co) en el menú “Transaccional” opción “Usuario Registrado”. En este espacio suministrará los siguientes datos: nombre y apellido, tipo de documento, número de documento y contraseña, cuando ingrese a “Mis actividades”, seleccione el botón “Gestionar mi Firma Electrónica”.

 

‘Hazlo tu mismo’

Ya teniendo su firma electrónica podrá utilizar la plataforma ‘Hazlo tu mismo’ (https://hazlotumismorenta.dian.gov.co/). Esta es una guía que paso a paso lo orientará para diligenciar, presentar y pagar la Declaración de Renta.

Antes de presentar el documento definitivo, podrá elaborar un borrador de la obligación en el Programa Ayuda Renta 2019 (https://www.dian.gov.co/impuestos/personas/Renta_Personas_Naturales_A G_2019/Paginas/herramientas-de-ayuda.aspx). Esta herramienta le servirá para el posterior diligenciamiento del Formulario correspondiente.

Ahora bien, si en ella resulta un saldo para pagar, debe generar el formulario 490 ‘Recibo Oficial de Pago Impuestos Nacionales’ con los valores a cargo del impuesto. En ese caso puede hacer el pago electrónico. Si no paga virtualmente, debe imprimir dos copias del formulario 490 y llevarla a la entidad recaudadora o banco para pagar allí.

Posteriormente de presentar la declaración, puede pagarla de manera electrónica. Diligencia el recibo 490 desde los servicios en línea de la Dian y luego realizar la transacción financiera de pago del recibo con la EAR (banco o entidad financiera), la cual de acuerdo con el portafolio que tenga, le puede ofrecer las opciones de débito a cuenta corriente o de ahorros, o tarjeta de crédito si se ha escogido uno de estos bancos: AV Villas, Bancolombia, Davivienda o GNB Sudameris.

En caso de necesitar asesoría, puede hacerlo por medio de los canales de atención virtual que habilitó la entidad como la aplicación móvil Dian, los quioscos virtuales de autogestión o el chatbot. Para acceder puede ingresar por www.dian.gov.co o a través de la App Transaccional, disponible para sistemas IOS y Android.

 

Credito
LUISA FERNANDA RUIZ

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