Este predio es de la ANI y NO se vende

El bien inmueble localizado en el PR 01+0400, Margen Derecha, Código 40TLG, en cercanías de la intersección casa de la Moneda, es de propiedad de la AGENCIA NACIONAL DE INFRAESTRUCTURA – ANI y se encuentra identificado con Folio de Matrícula Inmobiliaria Número 350-167975, ficha catastral IGAC número 01-11-0036-0134-000 y se denomina internamente como CGIC-7-185.
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El predio se adquirió para la construcción de la Variante Norte de Ibagué y la modificación de la vía que conduce al Conjunto Arboleda del Campestre, correspondiente a un predio de la Nación afectado al uso público, lo que implica que no debe ser utilizado, ni ocupado por terceros. 

RECUENTO CRONOLÓGICO

La compra fue realizada en 2009 mediante Escritura Pública número 2806 del 24 de septiembre de 2010 otorgada en la Notaría Primera del Circulo de Ibagué. 

El 5 de septiembre de 2020, un inspector vial de la Concesionaria San Rafael S.A. evidenció actividades de levantamiento topográfico sobre el predio de propiedad del entonces Instituto Nacional de Concesiones INCO, hoy Agencia Nacional de Infraestructura ANI, al acercarse a uno de los invasores, este manifestó de manera equívoca tener posesión del predio desde el año 1996, sin tener documentos, ni soportes del mismo. Por ello, Concesionaria San Rafael S.A., actuando en virtud de la delegación predial de la ANI y en gracia de lo estipulado en el contrato de Concesión 007 de 2007, presentó los títulos del predio y solicitó no adelantar ninguna actividad en el inmueble, menos aún, negociaciones jurídicas. 

Sin embargo, el 7 de septiembre de 2020 se registró una situación similar a la presentada en días anteriores, en la que los mismos perturbadores alteraron las condiciones del predio, al instalar un broche artesanal.

Además, ingresaron al lugar cinco (5) cabezas de ganado, alegando nuevamente la posesión del inmueble afectado al uso público, versión que fue desvirtuada tras la verificación del expediente predial, el cual constata que para la fecha de identificación y adquisición del predio (años 2009 y 2010) no existían ocupantes en el inmueble, situación que se puede corroborar en la ficha social levantada.

Para el 9 de septiembre de 2020, se efectúo visita al predio por técnicos de la Concesionaria y de la Alcaldía Municipal de Ibagué, en la que se verificaron los linderos, a la luz de lo consignado en la Escritura Pública número 2806 del 24 de septiembre de 2010 otorgada en la Notaría Primera del Circulo de Ibagué, instrumento debidamente registrado en la Oficina de Instrumentos Públicos de Ibagué, en el folio de matrícula inmobiliaria número 350-167975.

ANI

 

Desde esa fecha hasta hoy, la situación observada empeora, toda vez que cada día los invasores efectúan más actos irregulares, anomalías que han sido puestas en conocimiento ante las autoridades competentes y por las que se recibió apoyo de la Policía Nacional, quienes advirtieron que no podían ejecutarse actos de ninguna índole en el inmueble, hasta tanto la autoridad competente se pronunciará sobre la querella de restitución de espacio público radicada ante la Inspección de Policía Novena de Ibagué.

Pese a la evidencia que demuestra la titularidad del predio, los invasores de forma desafiante y agresiva afirmaron que sólo desalojarían el inmueble con una orden judicial o de la inspección de Policía, oponiéndose y argumentando la posesión del mismo. 

Pasados unos meses, el 23 de febrero de 2021, nuevamente tras una inspección al predio efectuada por la Concesionaria, se constató la construcción de una enramada dentro del predio de propiedad de la ANI, en la que permanecían cuatro personas adultas, y el estacionamiento de una camioneta de alta gama junto al predio.

Posteriormente, el domingo 28 de febrero de 2021, se presentaron nuevamente actos irregulares, esta vez, asociados al ingreso de maquinaria pesada (pajarita), con la que se realizó movimiento de material y tala de varias especies arbóreas.

Finalmente, vale la pena destacar que la ocupación del bien, efectuada por terceros, se torna del todo ilegal, puesto que es un predio de la AGENCIA NACIONAL DE INFRAESTRUCTURA – ANI, afectado al uso público, razón por la que es de naturaleza inalienable, imprescriptible e inembargable.

ANI

 

Se aclara a la comunidad en general que el inmueble identificado con Folio de Matrícula Inmobiliaria Número 350-167975 y ficha catastral IGAC número 01-11-0036-0134-000, localizado en la margen derecha de la entrada a la Arboleda Campestre de la ciudad de Ibagué, en el PR 01+0400, Margen Derecha, Código 40TLG, en cercanías de la intersección casa de la Moneda, NO está a la venta, NO puede ser objeto de permuta, pertenencia, loteo, subdivisión, licenciamiento, cesión, construcción o similares, por ser propiedad de la AGENCIA NACIONAL DE INFRAESTRUCTURA – ANI.

Credito
ALEJANDRA RODRÍGUEZ - EL NUEVO DÍA

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