El incentivo para las empresas que generan empleo joven

En el Tolima se han generado 500 empleos jóvenes desde julio a través del subsidio.
Crédito: Archivo / EL NUEVO DÍA.En el Tolima se han generado 500 empleos jóvenes desde julio a través del subsidio.
La semana pasada en un evento desarrollado entre la Gobernación del Tolima, la senadora Ana Paola Agudelo y el Ministerio del Trabajo, los empresarios del departamento pudieron conocer la manera en que pueden acceder al subsidio a la nómina.
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El conversatorio estuvo a cargo de Martha Liliana Agudelo Valencia, directora de la Dirección de Generación y protección del Empleo y Subsidio familiar del Ministerio de Trabajo. La funcionaria recordó los incentivos tributarios que tiene el Gobierno nacional para quienes contraten población perteneciente a diferentes grupos. 

Sin embargo, Agudelo se enfocó en el subsidio a la nómina que administra el Mintrabajo, que funciona como un incentivo a la generación de empleo en el marco de la Ley de Inversión Social.

En dicha ley se prolonga el Decreto 688 del 24 de junio de 2021 para la generación de empleo de jóvenes dentro de la Estrategia Sacúdete, mediante el cual se otorga un auxilio a la nómina de las empresas.

Según la cartera del Trabajo, de este subsidio que inició en julio ya se han beneficiado 84 empresas en el Tolima, las cuales han generado aproximadamente 500 nuevos empleos de jóvenes menores de 28 años. A nivel nacional se han beneficiado 5.000 empresas que han creado 77 mil puestos de trabajo. 

 

¿Cómo funciona el subsidio? 

 

De acuerdo con Martha Liliana Agudelo, es un momento propicio para que las personas jurídicas y naturales accedan al subsidio de empleo de jóvenes, “porque estamos en un periodo de reactivación con la temporada de fin de año, además, hay un alto nivel de vacunación y se está empezando a dar el efecto rebote de la economía”. 

El subsidio funciona así: el Gobierno nacional subsidia el 25% de un salario mínimo legal mensual vigente (smlmv) que corresponde a $227.131 del salario de un menor de 28 años que haya sido contratado por una empresa o persona natural después de marzo de 2021. No importa el salario que devengue el joven, el apoyo será el establecido. 

“El empleado debe ser nuevo y adicional, es decir, la nómina del mes en que se va a cobrar el auxilio tiene que ser superior a la de marzo de 2021, y la persona por la que se hace el recobro debe tener un contrato nuevo”, explicó Agudelo. 

Por ejemplo, si una empresa que en marzo tenía 10 empleados de los cuales tres eran jóvenes, y lo que hizo fue cambiar estas tres personas manteniendo los 10 empleos en nómina, no puede aplicar al subsidio. 

Además, si la empresa contrata a una mujer mayor de 28 años cobra el 15% de un smlmv, siempre y cuando la persona gane menos de tres salarios mínimos. Si el establecimiento contrata a un hombre mayor de 28 años, el gobierno pone un subsidio del 10% de un salario mínimo. 

 

Martha Liliana Agudelo Valencia, directora de la Dirección de Generación y protección del Empleo y Subsidio familiar del Ministerio de Trabajo, captó la atención de los empresarios del Tolima quienes se mostraron interesados en el programa de generación de empleo.

 

Proceso de aplicación

 

Los empleadores deben presentar la solicitud ante la entidad financiera en la que tengan un producto de depósito y cumplir con una condición esencial: certificar que los empleados jóvenes recibieron el salario correspondiente al mes anterior. 

Posteriormente, el banco envía la información a la Unidad de Gestión Pensional y Parafiscales (Ugpp) para hacer la validación con la Planilla Integrada de Liquidación de Aportes (Pila). 

Después, si la empresa resulta beneficiaría el Ministerio de Trabajo en máximo un mes le hará el giro del aporte. 

 

El cobro

 

Aunque el decreto reglamentario se sanciona esta semana, Martha Liliana Agudelo Valencia, adelantó que en noviembre los beneficiarios podrán cobrar el subsidio de septiembre y octubre, pero no el de junio y julio. 

“A partir de que la empresa se activa en el programa con el primer recobro siempre y cuando lo haga antes de septiembre de 2022, puede cobrar el subsidio hasta 11 veces más de manera intermitente hasta septiembre de 2023, de acuerdo a su ciclo financiero, productivo y comercial”, dijo Valencia

De esta manera, no es necesario que el empleador realice contratos a término fijo, porque puede emplear por temporadas o los trabajadores renunciar; pero el requisito fundamental es que su número de empleados en nómina a la hora de solicitar el subsidio supere el de marzo de 2021. 

 

¿Quiénes pueden ser beneficiarios?

 

Las personas jurídicas, naturales, consorcios, patrimonios autónomos declarantes de renta y cooperativas que demuestren su calidad de empleadores mediante la Pila. Generando desde un empleo en adelante se puede ser beneficiario. 

Empresas de cualquier tamaño pueden acceder al beneficio, sin embargo, las personas asociadas a la Nación no lo podrán hacer. 

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Credito
Redacción Economía El Nuevo Día

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