Salario mínimo real: $1’613.262

Eduardo Pilonieta Pinilla

Según decreto 1.724 de 2021, el salario mínimo legal mensual que regirá en Colombia para el año 2022 será de $1’000.000 y el auxilio de transporte, según decreto 1.725 de 2021, será de $117.172, lo cual da una base salarial de $1.117.172, antes de descuentos.
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Además, el empleador deberá provisionar mensualmente: el 8,33% de esa base, $93.094, por concepto de cesantías; la misma cantidad por concepto de prima de servicios ($93.094), un estimado de 7% ($78.202) para zapatos y vestidos de labor y el 4,17% del solo salario, $41.700, por concepto de vacaciones para un total acumulado de $306.090.

De parafiscalidad, el empleador deberá disponer el 4% del solo salario para la caja de compensación, es decir, $40.000, elevando el acumulado a $346.090.

Así mismo, los empleadores deberán cancelar por pensión el 12% del solo salario, $120.000, y un porcentaje por riesgos laborales, dependiendo de la actividad, que para este caso lo calculamos en una media del 3%, $30.000, para un subtotal de $150.000, subiendo el acumulado a $496.090, para un costo total del empleador de $1’613.262.

Al trabajador se le descuenta por pensión el 4% del salario, $40.000, y el 4% por salud, $40.000, para un total de $80.000, debiendo recibir mensualmente, trabajando en jornada ordinaria máxima diurna, $920.000 por salario y $117.172 por auxilio de transporte para un total de $1’037.172, salvo otras circunstancias.

Por un día de trabajo ordinario diurno se le deba pagar al trabajador $33.333, más transporte $3.906, es decir, $37.239, pero al empleador le costará $53.563.

Por una hora ordinaria diurna se paga $4.167 y costará realmente $5.994; por una ordinaria nocturna $5.625 y costará $8.091; una extra ordinaria nocturna, $7.292, y costará $10.489 y una extra diurna, $5.209, y costará al empleador $7.492.

El salario mínimo integral será de $13’000.000, debiendo cotizar a pensión y salud por $9’100.000.

Por el trabajo en día dominical o festivo deberá cancelarse la suma $58.333 y le costará al empleador $83.903, debiéndose dar un día de descanso remunerado.

Los salarios diferentes al mínimo deberán incrementarse en por lo menos el índice de inflación, que es devolverle el valor adquisitivo que tenía al 1 de enero de 2021; igual sucede con el salario integral distinto al mínimo.

 

Eduardo Pilonieta

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