Antioquia condenada por no pagar servicios educativos a desplazados y los ex-Farc

Crédito: Suministrada / EL NUEVO DÍA
El Consejo de Estado anunció que cancelar el servicio educativo tuvo como consecuencia el desconocimiento de derechos constitucionales.
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La Fundación San Sebastián de Urabá y la Secretaría de Educación para la Cultura de Antioquia celebraron dos contratos en 2006 y 2007, que tenían la finalidad de escolarizar a 1.931 personas adultas desmovilizadas y desplazadas por el conflicto armado, en San Pedro de Urabá, Antioquia.
Los contratos fueron conocidos por entes judiciales debido a incumplimientos de las partes. El caso lo conoció el Consejo de Estado luego de que la Fundación interpuso una demanda contra el departamento.

En la providencia reposa que la duración de cada contrato se estableció: el primero, por un año lectivo normal, es decir, 40 semanas, y el segundo por 20 semanas, las cuales correspondieron al segundo semestre de 2007.

El contrato de 2006 fue celebrado el 1 de junio del mismo año, sin embargo, de conformidad con el calendario aprobado previamente por el departamento de Antioquia, la prestación del servicio inició antes, desde el 4 de febrero, y terminó el 16 de diciembre de 2006.

Una vez estaban culminando las clases del 2006, la Fundación mediante una resolución en noviembre, definió el calendario académico para la vigencia 2007, el cual fue aprobado por el secretario de Educación del municipio de San Pedro de Urabá y por el director del núcleo educativo, quien se desempeñaba como representante del departamento de Antioquia.

Como estaba previsto, las actividades académicas iniciaron el 13 de enero de 2007, y estas se desarrollaron de manera ininterrumpida para no afectar la prestación del servicio educativo de los estudiantes que lo requerían y evitar así la deserción escolar, al tratarse de una población vulnerable de reinsertados y desplazados.

Lo que empezó a generar malestar a la Fundación es que la prestación del servicio solo se registró hasta el 30 de agosto de 2007, fecha en la que se firmó el contrato y en la que la organización tuvo conocimiento de que no se le reconocería las 20 semanas del primer semestre, a pesar de que diferentes funcionarios en forma verbal expresaron que este se formalizaría por todo el año lectivo, tal como sucedió con el contrato suscrito en 2006.

Tras esto, la Fundación decidió interponer una demanda contra el departamento y conocidos los argumentos la Secretaría de Educación dijo que la organización pretendía que lo mismo que ocurrió en el año 2006, en el que se dio cubrimiento a todo el año lectivo, sucedería con el contrato de 2007.
“No tuvo en cuenta que para el primero de ellos se tenía un certificado de disponibilidad presupuestal que así lo permitía, mientras que para el segundo de ellos sólo se contaba con dos disponibilidades presupuestales que sumadas equivalían a $457’824.500, con lo que se cubrían las 20 semanas del calendario académico, correspondientes al segundo semestre de 2007”, dijo la administración en respuesta a la demanda.

Pese a los argumentos, el Tribunal Administrativo de Antioquia le dio la razón a la Fundación. El departamento de Antioquia manifestó su discrepancia con el fallo y adujo que no se probó que el calendario académico propuesto para el año 2007 por la organización, que iniciaba el 27 de enero de 2007, fuera aprobado por la Secretaría de Educación.

“En caso de aceptarse su aprobación, no se demostró que para tal fecha la administración departamental hubiera suscrito con la fundación demandante algún contrato de prestación de servicios de educación que cubrieran las 20 semanas del primer semestre del año 2007”, señalaron.

El caso llegó al Consejo de Estado y anunció que cancelar el servicio educativo tuvo como consecuencia el desconocimiento de derechos constitucionales y habría podido involucrar, sin duda, la afectación de derechos de sujetos especialmente protegidos, como los desplazados, así como ocasionar que los exmiembros de las Farc reincidieran en acciones ilegales y en la vinculación a bandas criminales o que se produjera su deserción escolar definitiva, a pesar de que ya habría accedido a beneficios educativos.

“Concluye la Sala que, en el caso concreto, la Fundación San Sebastián de Urabá, por resultar urgente y necesario para proteger el derecho fundamental a la educación de los habitantes del Urabá antioqueño, debía seguir prestando el servicio de educación y, así, evitar consecuencias irremediables para el proceso de paz y para conformar unas comunidades capaces de enrutar la vida por las vías de la preparación para la convivencia pacífica y el progreso de nuestro país”, dice la providencia.

Bajo ese entendido, la corporación judicial le dio la razón a la Fundación y condenó al departamento por lo que deberá cancelar la cuantía incidental que se establezcan en el proceso.

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Credito
COLPRENSA

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