La silla vacía: La ‘ampolla’ de los partidos por el equilibrio de poderes

COLPRENSA - EL NUEVO DÍA
Uno de los primeros efectos que tendría la reforma al Equilibrio de Poderes es que los concejales y diputados podrían perder su curul, por ser responsables de delitos contra la administración pública. Entrega de avales será vital para evitar esto.

Contrario a lo que sucedió hace cuatro años los partidos políticos tendrán que tener mayores controles y rigurosidad a la hora de entregar un aval de cara a las próximas elecciones en el mes de octubre, ya que la reforma al Equilibrio de Poderes amplío la figura de la Silla Vacía, para los delitos que comentan los futuros concejales, diputados y ediles contra la administración pública.

Pero ¿Qué es la Silla Vacía? y esta ¿Cómo puede afectar a los candidatos que aspiran en las próximas elecciones y a los partidos políticos que los avalan?

Rigurosidad a la hora de entregar un aval

La reforma al Equilibrio de Poderes amplía la Silla Vacía (figura para la pérdida de curul) a quienes comentan delitos contra la administración pública. Eso significa que obligatoriamente al momento de otorgar los avales por parte de los directores de los diferentes partidos, éstos deben ser muy juiciosos en la revisión de aquellos candidatos que puedan tener investigaciones por delitos relacionados con pertenencia, promoción, financiación de grupos armados ilegales, delitos de lesa humanidad o contra mecanismos de participación ciudadana o corrupción.

Para el representante y uno de los ponentes de la reforma al Equilibrio de Poderes Hernán Penagos, los partidos o movimientos políticos deben tener una rigurosa investigación de los candidatos a quienes les va a avalar, ya que “en el evento de que alguno de ellos, resultara elegido a cuerpos colegiados, sea asambleas o concejos y sean objeto de una medida de aseguramiento o de una sentencia ejecutoriada, no podrían ser reemplazados por otro que le suceda en la lista, porque se aplicaría la Silla Vacía”.

Además fue enfático en resaltar que “actualmente el Estatuto Anticorrupción establece que cuando se dan circunstancias de esta naturaleza los presidentes de los partidos o los responsables de otorgar los avales pueden ser investigados, como también el Partido llegando, inclusive, a perder la personería jurídica, ya que sí un candidato tiene investigaciones en curso o procesos que pueden no haber tenido ninguna sentencia ejecutoriada, o tengan carga probatoria, el Partido debe ser bastante juicioso y celoso en la entrega del aval, ya que podría tener dificultades más adelante”.

Por su parte, y apoyando la posición del representante Penagos, el constitucionalista Juan Manuel Charry aseguró que los Partidos tienen que tomar las medidas pertinentes para que las disposiciones legales y penales y en la medida que entregue un aval, no haya lugar a sanciones.

“En los casos en que haya falta de diligencia o que hayan sido manifiestamente descuidados en el otorgamiento de avales, se podrá deducir que se les darán responsabilidades disciplinarias y de otro orden, pero me parece que no se puede hacer la afirmación de buenas a primeras que los partidos responderán por las Sillas Vacías por personas que se vean incursos en las inhabilidades y en las nuevas cosas que trae la reforma constitucional”, señaló Charry.

Pese a que la última instancia como consecuencia de un estudio poco riguroso de un candidato a la hora de entregar un aval por parte de un partido político o movimiento puede llegar a ser la pérdida de su personería jurídica. Para Charry, éstos tendrían que enfrentarse en primera medida a procesos disciplinarios.

“Lo primero en caso de que se llegue a saber que el Partido incurrió en esta falla, es abrirle un proceso disciplinario, y responsabilidades de los tribunales de ética, responsabilidades internas, para eventualmente considerar algún tipo de proceso penal, en el cual eventualmente tendrían que responder las personas o los órganos internos del Partido que arbitrariamente o a sabiendas incurrieron en irregularidades”, puntualizó el constitucionalista.

Más temas que tocan a los candidatos

La ampliación de la Silla Vacía afecta directamente a los candidatos que buscan una curul en las próximas elecciones, pero hay otros temas que podrían cambiar el mapa político electoral del país, en caso de que la Ley Estatutaria que busca ponerlos en vigencia, esté lista antes de octubre.

“Uno tiene que ver con el tema de la participación de género, o a lo que se ha llamado la lista cremallera y el segundo tema tiene que ver con la posibilidad de que los partidos pequeños, que tengan menos del 15 por ciento de la votación de la correspondiente circunscripción, bien sea para Concejo o Asamblea, se puedan unir para proponer candidatos a estas corporaciones, algo que hasta el momento no existía en el país”, señaló el representante Penagos.

Pese a que estas dos normas quedaron incluidas dentro de la reforma al Equilibrio de Poderes, todavía no hay claridad sí pueden ser aplicadas en las elecciones, ya que debe expedirse una Ley Estatutaria que posiblemente podría ser radicada en el mes de agosto ante el Congreso de la República.

“Estos dos temas son muy importantes, ya que pueden cambiar de manera sustancial los mapas políticos de las regiones, pero no hay claridad de que se puedan aplicar ahora, en estas elecciones de octubre”, agregó Penagos.

Otro tema que toca a los candidatos, está contemplado en el nuevo artículo de esta reforma, el cual permite que a partir de 2018, el candidato que le siga en votos a quien la autoridad electoral declare elegido en el cargo de Presidente y Vicepresidente de la República, Gobernador de Departamento, Alcalde Distrital y Alcalde municipal, tendrá el derecho personal a ocupar una curul en el Senado, Cámara de Representantes, Asamblea Departamental, Concejo Distrital y Concejo Municipal, respectivamente, durante el período de la correspondiente corporación.

La ‘gabela’ política

 No todos los aspectos de la reforma al Equilibrio de Poderes perjudican de cierta manera a los concejales, diputados y ediles, ya que la misma no tocó las ‘gabelas’ políticas que se les otorgan a estos funcionarios, quienes continuarán siendo reelectos cuantas veces quieran.

Es así, como se continúan permitiendo que las Asambleas Departamentales en Colombia estén conformadas por no menos de 11 diputados ni más de 31.1 elegidos por voto directo para un periodo de cuatro años, 2 con posibilidad de ser reelectos de forma inmediata.

Por su parte, los candidatos al Concejo, en caso de ser elegidos y ejercer su mandato por un período de cuatro años podrán seguir siendo reelegidos al final de cada legislatura, inmediatamente.

Este tipo de actividades que se mantuvieron para estos funcionarios, le fueron negados en primera instancia en la Reforma al Equilibrio de Poderes, al Presidente de la República, Contralor, Procurador y otros funcionarios como el Defensor del Pueblo.

Para el analista político Jhon Mario González: “Es importante señalar que la reforma al Equilibrio de Poderes promovió la eliminación de la reelección presidencial, ya que es vital que en un país como Colombia, un Presidente no aproveche su cargo para ser reelecto”.

Sin embargo, agregó que la misma “se convierte simplemente en un cambio judicial de la cual, no creo que tenga algún efecto sobre el sistema político. Deja muchos sinsabores en lo que respecta a los partidos, ya que no hay nada que modifique en verdad el sistema”, señaló González.

Luego de estas declaraciones sobre la reforma al Equilibrio de Poderes, la cual se puede resumir como un esfuerzo loable, e importante y que tendrá varios cambios. Lo que queda claro, es que el primero de ellos será la Silla Vacía, la cual se ha convertido en el ‘coco’ para muchos partidos y movimientos políticos que buscan como los mejores postores, ganar varias curules, que les asegure su representación política en el país. 

Credito
COLPRENSA

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