ABC de la Ley de Amnistía para Farc y trato equitativo para agentes de Estado

COLPRENSA - EL NUEVO DÍA
La ley fue radicada el martes en el Congreso para ser tramitada por el procedimiento conocido como ‘fast track’, o vía rápida, por ser uno de los proyectos más necesarios en este momento para definir la situación de guerrilleros.

El ministro de Justicia, Jorge Londoño, explicó ayer en qué consiste la ley de Amnistía, pactada en los diálogos de paz de La Habana, Cuba, y que tiene un tratamiento equitativo para agentes del Estado que hayan cometido delitos en el marco del conflicto.

La ley fue radicada ayer en el Congreso para ser tramitada por el procedimiento abreviado por ser uno de los proyectos más necesarios en este momento para definir la situación de guerrilleros.

La Ley contempla un “trato equitativo” para los agentes del Estado que incluye la posibilidad de cesar el procedimiento y renuncia a la persecución penal por delitos menores.

En ambos casos, tanto guerrilleros como agentes del Estado podrán pedir su libertad si llevan ya más de cinco años presos con el compromiso de acogerse a la Jurisdicción Especial de Paz. La diferencia es que los guerrilleros irán a las zonas veredales.

Colprensa expone en qué consiste este “tratamiento equitativo”, con base en las explicaciones del ministro Londoño y de la directora de Justicia Transicional de esa Cartera, Catalina Díaz.

¿Qué es la ley de amnistía?

La ley de amnistía se encuentra publicada en el anexo del acuerdo final alcanzado con las Farc y tiene tres momentos:

1. Amnistía de iure: se otorga por delitos políticos cometidos por las Farc como la rebelión, la sedición y la asonada y a delitos conexos que están establecidos de manera taxativa en la ley como aquellos en que incurre una persona para cometer, facilitar, apoyar, financiar u ocultar el desarrollo de la rebelión u otro delito político.

Los delitos conexos son la violación ilícita de comunicaciones, utilización ilícita de redes de comunicaciones; injuria y calumnia; daño en bien ajeno; falsedad en documento público; concierto para delinquir; utilización ilegal de uniformes e insignias; amenazas; fabricación, porte o tenencia de armas de fuego, accesorios, partes o municiones; constreñimiento, fraude o corrupción al sufragante; violencia contra servidor público; fuga; espionaje; y el apoderamiento de aeronaves, naves, o medios de transporte colectivo cuando no hay concurso con secuestro.

2. Delitos que no serán objeto de amnistía: lesa humanidad, genocidio, los graves crímenes de guerra, la toma de rehenes u otra privación grave de la libertad, tortura, las ejecuciones extrajudiciales, la desaparición forzada, el acceso carnal violento y otras formas de violencia sexual, la sustracción de menores, el desplazamiento forzado, además del reclutamiento de menores conforme a lo establecido en el Estatuto de Roma.

“Estos delitos no serán ‘amnistiables’ y por lo tanto, esas personas deberán ir a la Jurisdicción Especial de paz para solucionar sus casos”, dijo Londoño.

3. La Sala de Amnistías de la Jurisdicción Especial para la Paz deberá definir qué otros delitos pueden ser objeto de amnistía.

¿Qué se requiere para recibir amnistía?

Los guerrilleros deberán dejar las armas y hacer la solicitud. También se podrá entregar amnistías de oficio. Deberán firmar un acta en dónde se comprometen a no delinquir ni cometer actos en contra del ordenamiento jurídico.

¿Cómo definirá la Sala de Amnistías esos delitos que podrán ser objeto de la misma?

“Eso lo definirá la Sala. Dependerá de cada caso concreto porque mientras la amnistía de iure se puede aplicar a muchos casos a la vez, esos casos serán estudiados cada uno. No es posible fijar parámetros”, dijo Londoño.

¿Qué pasa con una persona una vez reciba la amnistía?

Quedarán en libertad. Se supone que estas personas irían a las zonas de concentración y que el Estado, a través de sus agencias, hará lo pertinente para que ellos se reinserten a la vida social. Habrá capacitación y estrategias.

¿Y hay un listado de beneficiarios?

Lo que nosotros hemos tramitado son indultos, alrededor de 100, pero un listado de quiénes serán amnistiados todavía no lo tenemos. Sabemos que en nuestras cárceles hay cerca de 4.500 internos, explicó Londoño.

¿Quién entrega los listados?

Las Farc. Serán revisados por el Gobierno nacional. Existen en el caso del indulto varias instancias. La oficina del Alto Comisionado, después el Ministerio, después en la Oficina Jurídica de Presidencia, para corroborar que esas personas definitivamente pertenecen a ese grupo de las Farc, dijo Londoño.

¿Hay un tiempo para que se otorgue la amnistía?

Una vez entre en vigencia la ley, el Gobierno tiene 10 días para entregar la amnistía de iure. En ese tiempo se deberá verificar qué tipo de delitos tienen los guerrilleros, según se acordó en La Habana.

¿Cómo se define el delito conexo?

En el acuerdo existe un listado taxativo de cuáles son los delitos conexos. Los que no estén allí serán objeto de estudio de la Sala de Amnistía en la JEP y en cada caso concreto”, dice Londoño.

¿Qué pasará con los disidentes?

Si son disidentes, no hacen parte de la guerrilla, ni del acuerdo y no podrían recibir beneficios.

¿Ya está listo el proyecto sobre la Jurisdicción Especial de Paz?

Sí. Se radicará esta misma semana.

Agentes del Estado

¿Los agentes del Estado pueden recibir amnistía?

 No. La amnistía es única y exclusivamente para los delitos políticos en donde el sujeto pasivo es el Estado y un agente del Estado no puede cometer un delito político. Por tanto, hay un tratamiento equitativo en cuanto a que se renuncia a la acción penal.

¿Cómo se estudiarán?

Caso por caso en la Jurisdicción especial para la paz. Se estudiará el expediente de cada persona para confirmar con hechos y pruebas que no se trate ni de genocidio, ni de un crimen de lesa humanidad, ni de un grave crimen de guerra, una desaparición forzada, una tortura o violencia sexual”, explicó Díaz. Estas personas beneficiadas quedarán en libertad.

¿Qué se requiere?

Hacer la solicitud, aunque también puede darse de oficio. Deberán firmar un acta en donde se comprometen a no delinquir ni cometer actos en contra del ordenamiento jurídico.

¿En qué delitos habría renuncia de la acción penal?

En “delitos menores”. No será en delitos de lesa humanidad, ni en genocidio, ni delitos sexuales. Por delitos menores no hay necesidad de acogerse a la Jurisdicción Especial de paz.

¿Ya hay un listado de beneficiarios?

Según cifras del ministerio de Defensa hay cerca de 5.500 posibles beneficiarios. No hay un listado.

¿Tendrán restricción de la libertad o privación efectiva de la libertad?

“Eso lo definirá el Tribunal Especial. Eso todavía no está definido”.

 

Las libertades

¿Cómo será la transición y la posible libertad?

“Los que hayan cumplido penas de más de 5 años podrían quedar en libertad. Insisto, por delitos menores. Cuando haya lesa humanidad, genocidio, etc., no podrán ser beneficiados de esa renuncia de la acción penal”, explicó Londoño.

¿Tienen que acogerse a la Jurisdicción Especial de Paz?

Por delitos menores no hay necesidad de acogerse a la Jurisdicción Especial de paz, mientras que por delitos más graves sí. Allí serán procesados y juzgados y se impondrán las respectivas sanciones.

¿Qué pasa con los investigados por delitos más graves?

La ley prevé que puedan salir en libertad, pero con la condición de que firman un acta de compromiso solemne de acogerse a la Jurisdicción Especial para la Paz, no salir del país, reportarse periódicamente, entre otros.

¿Cuándo sale en libertad?

La salida está prevista a la entrada en vigor de la ley de amnistía y una vez le Secretario Ejecutivo de la Jurisdicción Especial para la Paz, designado por las Naciones Unidas, realice cierto procedimiento ante las autoridades judiciales respectivas.

¿Cómo explicar esa libertad transitoria?

“Es un beneficio especialísimo, transitoria, condicionada, que no significa que la persona sea inocente o haya sido absuelta”, explicó Díaz.

¿Quién define si un hecho está dentro del conflicto o no mientras se crea la JEP?

El secretario Ejecutivo que va a designar Naciones Unidas va a gestionar la libertad. “El ministerio de Defensa está diciendo que puede aportar unas listas donde se pueda entender quiénes son elegibles o no, listas que deberán corregirse, corroborarse por el secretario que entrará en funciones de manera transitoria bajo las Naciones Unidas”, dijo Díaz.

¿Esta libertad procede para todos los delitos?

Sí.

¿Un militar procesado por ‘falsos positivos’ puede reclamar su libertad si ya pasó 5 años preso? 

Sí. “Ese es el beneficios especialísimo. Para todos esos delitos procede la libertad con la condición muy seria de atender todos los llamados de la justicia, comparecer ante la Jurisdicción Especial y así hacer todo lo que corresponde”, dijo Díaz. 

Credito
COLPRENSA

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