El Abecé de la reforma que propuso la Misión Electoral

COLPRENSA - EL NUEVO DÍA
La Corte Electoral, el Consejo Electoral, la lista cerrada, los nuevos mecanismos de financiación y más curules en la Cámara de Representantes, son algunos de los aportes que hizo la Misión Electoral Especial que entregó las recomendaciones para la reforma electoral.

El Gobierno nacional recibió el lunes, de manos de los miembros de la Misión Electoral Especial, las recomendaciones que se deberán incluir en la reforma electoral que llevará en las próximas semanas, en cumplimiento de los acuerdos de paz a los que se llegó con las Farc, en donde se planteó la modernización del sistema electoral.

Este el Abecé de las principales modificaciones que plantean:

- ¿Por qué se conformó y cuál es el mandato de la Misión Electoral Especial?

El acuerdo de paz suscrito por el gobierno de Colombia y las Farc estableció la conformación de la misma. Recibió el triple mandato de proponer recomendaciones para asegurar una mayor autonomía e independencia de la organización electoral; modernizar y hacer más transparente el sistema electoral y dar mayores garantías para la participación política en igualdad de condiciones y mejorar la calidad de la democracia.

- ¿Cuáles son las instituciones electorales que se proponen?

Se plantea una estructura de tres instituciones electorales: la Registraduría Nacional, el Consejo Electoral Colombiano (CEC) y la Corte Electoral (CE).

- ¿Cómo será su funcionamiento?

Las tres poseen funciones claramente separadas, pero deben trabajar de manera coordinada en plazos armonizados. El sistema de nombramiento de las máximas autoridades de estas instituciones asegura la ausencia de vínculos partidarios que comprometan su independencia y neutralidad, respondiendo así a una voluntad generalizada de garantizar la imparcialidad de la estructura electoral de Colombia.

- ¿Qué funciones tendría la Registraduría?

Conserva las principales funciones que hoy ejerce. Se encarga del Registro Civil, la Cedulación y el Padrón electoral, con una presencia que cubre el conjunto de los municipios. Asimismo, se encarga de las funciones técnicas, logísticas y administrativas de planificación, organización y ejecución de los procesos electorales representativos, de mecanismos de participación popular y de democracia interna de las organizaciones políticas.

Prepara el material y define los centros de votación, con la recomendación de extenderlos de manera sostenida para alcanzar áreas periféricas y facilitar el sufragio de todos los sectores, y de paso, disminuir los costos asociados con el transporte.

- ¿Cuáles son las funciones del Consejo Electoral Colombiano?

Tendrá cinco grandes competencias. La primera es reglamentar el proceso electoral. La segunda es una participación activa en la elección, con la responsabilidad de convocar elecciones; inscribir candidatos; efectuar los escrutinios en todos niveles y resolver las reclamaciones hasta la declaratoria de la elección; aprobar el censo electoral; delimitar las circunscripciones uninominales. La tercera es el control de la vida de las organizaciones políticas: les otorga el registro; lleva el padrón de afiliados; dirime los conflictos internos, etc. La cuarta, otorga el financiamiento público directo e indirecto en tiempos ordinarios y de campaña a los partidos, recibe la rendición de cuentas, audita, sanciona y acusa ante la CE. Por último, se encarga de la educación democrática y ciudadana.

- ¿Cómo operará el nuevo Consejo Electoral?

Será una institución con personalidad jurídica, autonomía presupuestaria, presidido por un cuerpo colegiado de siete consejeros, elegidos por la misma institución a partir de ternas enviadas por el Consejo de Estado, la Corte Constitucional, la Corte Suprema (dos cada institución; una de las ternas debe estar compuesta exclusivamente por mujeres) y la Presidencia de la República.

Los consejeros ejercen un mandato de ocho años, institucional, no reelegible, y no pueden haber tenido funciones partidarias o de elección popular por lo menos diez años antes de la posesión. La renovación se efectúa de manera escalonada.

- ¿Qué funciones le competerán a la Corte Electoral?

Es el órgano especializado en la jurisdicción electoral. Se halla integrada en el Poder Judicial. Sus competencias son la resolución de las demandas de nulidad de elecciones y de los actos de contenido electoral; define la pérdida de investidura y la pérdida del cargo; decide las sanciones disciplinarias de funcionarios elegidos popularmente cuando impliquen separación del cargo. Por demanda y solicitud del CEC, declara la pérdida y suspensión de la personería jurídica de las organizaciones políticas, y la privación del derecho de presentar candidatos en una circunscripción. Representa la cúspide, pues en el nivel local, se organiza con seis tribunales regionales, compuesto cada uno por tres jueces.

FINANCIAMIENTO DE CAMPAÑAS

- ¿Cómo sería el financiamiento directo de campañas?

El financiamiento directo de la campaña también debe registrar un aumento de la participación del Estado, facilitada por la estructura de listas cerradas y bloqueadas, que permite la entrega de recursos a las organizaciones políticas. Ese financiamiento se distribuiría en dos etapas. Se entregaría el 50% antes del proceso electoral como anticipo (40% en base a resultados precedentes; 10% de manera equitativa a todas las organizaciones que compiten, sin obligación de resultados electorales mínimos, pero sí de rendición de cuentas). Los beneficiarios de los recursos son los partidos, que son también responsables de la rendición de cuentas. El otro 50% se otorgaría a las organizaciones después de la elección, de manera proporcional a los resultados obtenidos por cada una.

- ¿Cómo será el financiamiento indirecto?

El financiamiento indirecto de campaña pasa primero por la puesta a disposición del transporte público el día de la elección en las grandes ciudades y sobre todo por la difusión de un mínimo de propaganda política para todas las organizaciones a través de los medios de comunicación audiovisuales públicos y privados. Se conservan los topes de campaña, pero se recomienda al CEC estudiar el costo real de campañas, no necesariamente para equiparar el tope con ese gasto, sino para fijar uno que promueva la rendición de cuentas más efectiva. Se introduce una limitación en los aportes propios que pueden realizar los candidatos y sus familiares a sus campañas, y le corresponde al CEC establecer ese monto según los niveles. También se restringen los montos que pueden aportar las empresas y los individuos para generar una menor dependencia de los candidatos con reducidos grupos de poder. Para la rendición de cuentas, se recomienda convertir en una obligación legal la entrega de la información contable a través del mecanismo de “Cuentas claras”.

- ¿Cuándo entrarían en vigencia las reformas?

Por la cercanía de las elecciones legislativas y presidencial de 2018 hace difícil que las reformas puedan entra r en vigencia de manera inmediata. Por lo tanto se recomienda que las reformas se adopten en el transcurso de la legislatura de 2017 y se defina un calendario de transición que no es uniforme, sino ajustado a la posibilidad de absorción del sistema político y electoral: unas pocas medidas pueden entrar en aplicación en 2018, otras en 2019, y para el ciclo 2022 – 2023.

PREGUNTAS Y RESPUESTAS

- ¿Cuáles cambios se proponen para integrar el Senado de la República?

Se propone conservar la circunscripción nacional con 100 senadores (además de aquellos que corresponden a los pueblos indígenas y Afrodescendientes, cuyas curules podrían incrementarse en la lógica de generar mayores espacios de inclusión). El cambio radica en el paso del voto preferente a la lista cerrada y bloqueada.

- ¿De qué sirve ese mecanismo?

Esta disposición genera partidos más cohesionados, programáticos, capaces de ofrecer una voz unificada hacia el electorado y de cara a las políticas públicas. Desaparecerían las campañas de corte personalista, que han aumentado de manera considerable el costo de la política en Colombia, incentivado las prácticas clientelistas para generar nichos electorales, inducido a conflictos partidarios internos, en particular entre los aspirantes a los últimos escaños a los que tiene derecho la organización. Con el cambio, los candidatos se reúnen en torno a un objetivo común y hacen énfasis en los planteamientos del partido antes que en las características individuales.

- ¿Cuáles son los cambios para la Cámara de Representantes?

Para la Cámara de representantes se recomienda el sistema proporcional personalizado, utilizado por Alemania después de la II Guerra Mundial y replicado, con ligeras variantes, en distintos países latinoamericanos con resultados satisfactorios. Consiste en dos votos, uno por la lista departamental del partido, cerrada y bloqueada; otra por el candidato del partido en la circunscripción uninominal. Cada departamento tendrá dos representantes y uno más por cada 1% de la población nacional, o fracción superior al 0,5% en exceso del primer 1%. En términos prácticos, la disposición implica que ningún departamento tendrá menos de tres representantes, con un efecto positivo en la integración de los departamentos periféricos en la toma de decisiones. Por otro lado, el cambio de la base de cálculo del número absoluto de habitantes a un porcentaje, mantiene estable el número de representantes y facilita la actualización de las cifras con los que hoy se distribuyen con los congresistas (la distribución en 2014 se hizo aún con los datos del censo de 1985). Para la próxima elección se recomienda que ningún departamento pierda representantes con respecto al esquema actual. La suma de estas consideraciones establece una Cámara con 173 representantes: 104 elegidos en circunscripción uninominal, 69 en lista plurinominal.

- ¿Y la aplicación en cada departamento será igual?

Los departamentos con 3 representantes, los eligen en un igual número de circunscripciones uninominales (por la imposibilidad de combina rlas con el método de la lista plurinominal por la cifra tan baja de escaños). A partir de cuatro representantes, la mitad se elige en los distritos uninominales, la otra mitad en lista (en caso de número impar, se privilegia la lista). El sistema electoral también incluye un aumento de la cuota de género, facilitada por la adopción de la lista cerrada en distintos niveles. Se recomienda una aplicación inicial de 40% con un paso en la oportunidad siguiente a la paridad, alternancia y universalidad.

- ¿A nivel regional cómo operará?

Se plantea el cierre de las listas para Asambleas departamentales y Concejos municipales. La instauración de la segunda vuelta para los seis municipios más grandes de Colombia, salvo que el vencedor obtenga al menos 40% de los sufragios y diez puntos de diferencia con respecto al segundo.

- ¿Cómo se propone que sea el financiamiento de las campañas?

Las recomendaciones proponen, por un lado, un sistema mixto, en el cual el aporte del Estado tenga un peso importante, creciente con respecto a la situación actual, con aportes directos e indirectos, a la par que se reduzca la necesidad de acudir a fuentes privadas, en particular durante las campañas.

Ese sistema, más atento a la equidad, debe crear oportunidades para nuevas organizaciones políticas. Por otro lado, las propuestas generan mecanismos de control más efectivos y mayor transparencia en la rendición de cuentas de los partidos.

- ¿Cómo se debe distribuir ese aporte?

El financiamiento en época no electoral para las organizaciones políticas debe incrementar el actual aporte estatal. Su distribución debe efectuarse a partir de nuevos criterios, que valoren la equidad de manera más fuerte que ahora (aumento a 25% del total del financiamiento para las organizaciones políticas con personalidad jurídica), respeten el criterio de fuerza (55% en función de los cargos obtenidos en el Senado, la Cámara de representantes, las Asambleas departamentales y los Concejos municipales) y premien las políticas de inclusión (20% por la presencia de actores tradicionalmente relegados, como jóvenes y mujeres, y una prima a la democracia interna).

Credito
COLPRENSA

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