Así va el pleito por el comercial que advierte sobre las bebidas azucaradas

SUMINISTRADA - EL NUEVO DÍA
El debate está candente. Una reciente decisión de la Corte Suprema de Justicia ordenó que se volviera a emitir un comercial que realizó la Asociación Colombiana de Educación al Consumidor – Educar Consumidores, sobre la cantidad de azúcar que tiene una bebida azucarada y el riesgo de su consumo para la salud humana.

El comercial, que era una campaña pedagógica que se lanzó en agosto de 2016, bajo el eslogan “Cuida tu vida, tómala en serio’, lo sacó del aire la Superintendencia de Industria y Comercio como una medida provisional, luego que una empresa productora de gaseosas emitiera una queja al respecto y por estimar que el contenido de ese comercial no era verídico.

En entrevista con Colprensa, la investigadora de Dejusticia, Diana Guarnizo, explica los pormenores de este proceso, pues si bien el comercial por ahora regresó, el pleito sigue en la Superintendencia.

- ¿En qué consiste este pleito?

El año pasado Educar Consumidores, que es una organización dedicada a la defensa de políticas saludables, hizo un comercial en donde presentaba cuál era la cantidad de azúcar de ciertas bebidas y señalaba el impacto negativo de las mismas para la salud, que podían provocar diabetes y ciertos tipos de cáncer. A partir de ello, Postobón hizo una denuncia ante la Superintendencia diciendo que ese comercial, que se alcanzó a transmitir por 25-28 días, no era veraz y que debía ser retirado.

La Superintendencia emitió una medida cautelar diciendo que Educar debía preventivamente retirar el comercial hasta que no demostrara que lo que se decía en el comercial era cierto. Educar se vio obligado a retirar el comercial y el proceso administrativo continúa.

- ¿Qué respondió Educar?

Educar interpuso una tutela alegando su derecho a la libertad de expresión y a no ser censurados, porque la Superintendencia dijo que, de ahí en adelante, cualquier cosa que quisieran publicar relacionado con bebidas azucaradas, tenía que contar con su aprobación previa. Esa tutela se perdió y está en revisión ante la Corte Constitucional.

- ¿Por qué interpusieron ustedes otra tutela?

Al mismo tiempo, Dejusticia fue haciendo seguimiento a este caso porque nos interesaba mucho saber por qué los consumidores en general, no solo Educar que era el promotor, no teníamos acceso a participar en este debate. Nos preocupaba que la discusión se dio entre Educar y Postobón y que no había nadie ahí en medio, representando la voz de los consumidores. Entonces, con otras organizaciones que hacen parte de la Alianza por la Salud Alimentaria, interpusimos una tutela alegando nuestro derecho a acceder a la información, distinto a la tutela de Educar, que alegaba su derecho a no ser censurado.

- ¿Cuáles eran sus argumentos?

Nos preocupaba que el público en general no tuviera conocimiento ni de lo que pasaba en ese proceso administrativo ante la Superintendencia ni que en general la gente se pudiera enterar de qué tiene una bebida azucarada y cuáles son los efectos para la salud. La perdimos en primera instancia y, en segunda, la Corte Suprema de Justicia nos concede la tutela por vulnerarse nuestro derecho al acceso a la información.

- ¿Cuál es la importancia del fallo de la Corte?

Es muy importante porque no hay ninguna otra sentencia que proteja este derecho a acceder a la información por parte de un grupo de consumidores en bebidas azucaradas. Lo más cercano que había era el derecho de los consumidores a conocer lo que había en relación con tabaco y otra sobre si alimentos habían sido genéticamente modificados. La sentencia abre una nueva jurisprudencia, dándole a los consumidores la oportunidad de conocer, sea cual fuere la verdad, qué es lo que hay en una bebida azucarada. Y, en concreto, nos da la posibilidad de participar en el proceso administrativo que hay en contra de Educar Consumidores, nos vuelve una parte en el proceso.

- ¿Por qué la Corte Suprema da tanto valor a la decisión libre de un consumidor?

Lo que la Corte hace es reconocer que el consumidor es una parte activa en el proceso de compra. Cuando tú compras algo estás tomando una decisión y entre más información tengas, vas a ser más consciente de la compra que haces. Si no hay información, la compra es a ciegas. Con este fallo, se reconoce la posibilidad del consumidor de conocer y tomar una decisión mejor. No te obliga a tomar una decisión, pero si permite accede a la información.

- Tal vez uno podría suponer que un sector de la población podría creerle a ciegas a lo que diga un comercial…

La publicidad y el mercadeo utiliza estrategias legales para promover el consumo de sus productos y nosotros creemos que se puede ofrecer la verdad desde otro punto de vista y es importante que haya una publicidad como la de Educar Consumidores, o bien podría ser del Ministerio de Salud u otra entidad, que diga que el consumo de ciertos productos puede implicar ciertas consecuencias.

Así como hay un comercial que diga que ‘las hamburguesas son deliciosas y dan felicidad’, que haya otro que diga ‘las hamburguesas traen tanta grasa y si comes muchas te puede producir ataques al corazón’. Lo que buscamos es el libre flujo de la información en los dos lados.

- ¿Qué creen que va a pasar en la Superintendencia?

Pueden pasar dos cosas. La Superintendencia tendrá que decidir sobre la veracidad del asunto y ahí depende del estándar que aplique. Si uno se vuelve demasiado estricto, el estándar de veracidad es muy alto y tendría que haber un 100% de comprobación y eso científicamente es muy complicado. Nadie puede señalar con 100% de veracidad algo como que el tabaco mata. Tú puedes fumar toda la vía y morirte de otra cosa. La Superintendencia no puede exigirle a Educar que pruebe con una veracidad del 100%, sino exigirle cuál es el riesgo más probable de generar diabetes o enfermedades.

Confío que la Superintendencia vele por los derechos de los consumidores y no de las empresas.

- ¿Sería posible que la Superintendencia aplique el criterio que se usa sobre publicidad engañosa?

Sí, sería posible que lo aplicara. Habría que ver exactamente qué entienden ellos por publicidad, porque hay que tener una cosa clara. Cuando hay una publicidad de hamburguesas, papas o gaseosas, se busca vender un producto y ciertas frases utilizadas, que a lo mejor no son tan precisas, se valen. En el caso de Educar Consumidores, a mi juicio, no creo que estén emitiendo una publicidad porque no va a ganar plata con eso. Educar, promoviendo la idea, o mostrando cuánta azúcar tiene una gaseosa no gana un peso. No busca enriquecerse, busca promover una idea de salud pública. Lo hizo Educar, pero en otros países es el Ministerio el encargado de promover estos mensajes.

- La decisión de la Superintendencia se dio cuando en el Congreso se debatía sobre el impuesto a las bebidas azucaradas, ¿fue apresurada o política?

No quisiera hacer acusaciones directas a la Superintendencia, imagino que están ejerciendo su deber público de la manera más transparente posible. Sin embargo, para nosotros sí fue muy sospechoso que justo en el momento en que se disponía el Congreso a hacer una discusión sobre la necesidad de un impuesto a las bebidas azucaradas, que es cuando Educar saca esta estrategia y Postobón pone la queja, la Superintendencia emite esta orden de manera preventiva que es lo más grave. Si la Superintendencia hubiera dicho que la información de Educar es tergiversada y por tanto se prohíbe, uno hubiera entendido, pero no alcanzó a realizar ese examen. De manera preventiva dijo que esto ponía en riesgo a Postobón e invirtió la carga de la prueba, pues en vez de decirle a Postobón que le probara que ese contenido no era cierto, le pidió a Educar que probara que lo que ellos decían sí era cierto. De alguna manera los ató de manos para que no pudieran seguir emitiendo su comercial y eso tuvo un impacto: que la gente no se enteró del impacto de esas bebidas en la salud en ese momento especial. Espero que la Superintendencia corrija el rumbo y se dé cuenta de la relevancia que tiene este caso.

- ¿Ustedes estiman que hubo censura previa? Que la Superintendencia puede revisar previamente el contenido de un comercial…

Sí. Ese fue otro argumento que pusimos en la tutela. Para nosotros el comercial no hace parte del discurso publicitario, no se está lucrando, estaba emitiendo un mensaje de salud pública. Mal hizo la Superintendencia en exigirle una revisión previa de los contenidos.

- En plataformas como Facebook se ha difundido una campaña internacional similar que muestra un producto y la cantidad de azúcar que tiene en cubos a un lado. ¿Qué consecuencias tendría que la Superintendencia impida hacer este tipo de cosas en el país?

Si la decisión de la Superintendencia se mantiene, Educar no podría publicar posiblemente sus contenidos en ninguna plataforma, pero la prohibición sería solo para Educar y no para otra entidad. Pero obviamente, esperamos que encuentre que el mensaje es razonable y que las informaciones son ciertas, porque están basadas en la experiencia científica. Pero si la Superintendencia dijera que la evidencia aportada por Educar no es suficiente y el discurso no es veraz, solo atañaría a Educar. Tendría Postobón o cualquier otra empresa que entrar a demandar a todos y cada una de las organizaciones o medios que difundan mensajes parecidos.

Credito
COLPRENSA

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