Reforma a la Justicia: entre lo político y lo jurídico

Hablar de Justicia es hablar de mucho más que un Derecho, es un Valor que debe siempre imperar en el contexto de la vida en sociedad. Ulpiano, ilustre jurista romano, la definía como la constante y perpetua voluntad de dar a cada uno lo que le corresponde.

Doctrinantes modernos como John Rawls señalan como objeto primario de la justicia la estructura básica de la sociedad, llevando a un nivel más alto de abstracción la teoría del contrato social de Rousseau, generalizando la idea principal de justicia como Imparcialidad.  

Esta introducción histórica y doctrinaria tienen un objetivo: la necesidad de centrar el debate de la reforma a la Justicia en lo jurídico y filosófico, evitando al máximo la intromisión de intereses políticos.


Bastantes críticas se han suscitado en torno al proyecto de reforma a la justicia presentado por el Gobierno nacional, hay quienes la han tildado de “difusa”, “privatizadora”, “cosmética” e “ineficaz”.


Temas como el presupuesto del poder judicial, que actualmente es de 2.4 billones de pesos y que pretende aumentarse a 8.8 billones de pesos, el cual se incrementaría anualmente en porcentaje igual a la tasa de inflación más un dos por ciento adicional; la propuesta de dotar de funciones jurisdiccionales a abogados particulares y notarios, lo que se ha interpretado como una clara privatización de la justicia; la implementación del “Hábeas iuris” que busca convertirse en un mecanismo orientado a conseguir que los funcionarios judiciales profieran los fallos que les corresponden dentro de los plazos fijados en la ley; la ampliación del denominado “fuero militar” mediante el aumento de los alcances de la Justicia Penal Militar; y la creación de una “Supercorte” que investigue a los magistrados de las altas cortes, el Fiscal, el Contralor y el Procurador General de la Nación, son algunos de los aspectos más relevantes que contiene el proyecto de reforma constitucional.


La disparidad de criterios y la falta de consenso entre el ejecutivo y el poder jurisdiccional ha sido, aparentemente, el talón de Aquiles del proyecto. De obviarse una concertación entre las ramas del poder público, la reforma sería diseñada por el ejecutivo y el legislativo, e impuesta a la rama judicial.


El ambiente continúa tenso, la percepción de las altas cortes al interpretar el proyecto como una “revancha” del Congreso contra la rama judicial, es solo uno de los obstáculos que tendrán que superarse en el camino hacia la construcción de una reforma concertada.


Mientras esto sucede, el Gobierno nacional avanza en la estrategia de socializar los alcances de la reforma en las regiones, acompañados de la academia y los representantes del poder judicial a nivel local.


Entre tanto las altas cortes, lideradas por el Consejo de Estado, convocarán a un foro nacional los días 14 y 15 de marzo en Bogotá, con el nombre de “Foro para la Defensa de la Constitución”, desde el cual defenderán la tesis según la cual la reforma a la justicia es una sustitución de la Constitución del 91, que afectará el sistema de pesos y contrapesos consagrado en la carta política.


Paralelamente la Academia buscará sentar en una misma mesa de trabajo Gobierno, Altas Cortes y Congreso con el objetivo de abrir otro espacio de discusión diferente al que se presenta en el Capitolio Nacional.


Ante este panorama solo nos resta esperar que la publicitada Reforma a la Justicia del presidente Santos, guarde el equilibrio necesario entre lo político y lo jurídico, primando éste sobre aquél.


(*) Abogado Universidad de Ibagué

Credito
CAMILO E. DELGADO HERRERA

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