Accidentes que no son accidentes

Es una obligación del Estado y de su administrador, el gobierno, garantizar un nivel mínimo y aceptable de seguridad a los ciudadanos. Esa seguridad, que es de muchos tipos, incluye la garantía de que los servicios públicos se presten de manera eficiente, eficaz y oportuna, dentro de unas condiciones de calidad que no pongan en riesgo la salud –y mucho menos la vida- de los ciudadanos.

Dentro de una economía de libre empresa, el servicio del transporte público se puede prestar mediante empresas estatales o privadas. En ambos casos, el gobierno debe garantizar, mediante instituciones independientes a las de los negociantes del transporte, que las rutas se cumplan, que los pasajes tengan un precio razonable, que la flota esté compuesta por vehículos modernos y en buen estado, y que los choferes sean idóneos.

No tiene explicación, entonces, que tengamos noticias tan frecuentes de muertos y heridos en accidentes de buses, busetas y taxis en las ciudades y en las carreteras. Hay accidentes, claro, impredecibles por las empresas. Como cuando un derrumbe intempestivo arrastra al carro en cualquier carretera de montaña. Aquí, la responsabilidad es directa del Estado por no dar mantenimiento eficaz a las vías y sus taludes. Pero, también, hay accidentes que no deberían ocurrir. Los excesos de velocidad en vías mojadas con conductores sin licencia, no se pueden tratar como causas de accidente; son irresponsabilidades de las empresas del transporte que lo permiten.

Estrellarse porque se encuentra, intempestivamente, con árboles caídos en medio o luego de una lluvia copiosa no es más que el resultado de una conducción veloz, temeraria e insegura por quien va al volante, el cual da prelación a su afán de completar rápido la ruta por encima de la seguridad de las personas, u olvidándose de que lleva pasajeros cuya vida depende de la conducción segura.

Estoy de acuerdo con la jefe de la oficina jurídica de Rápido Tolima: “los accidentes son cosas del destino que no se pueden cambiar (sic)”. Pero si aceptamos que se define como accidente a cualquier suceso que es provocado por una acción violenta ocasionada por un agente externo involuntario, y que da lugar a una lesión corporal, tenemos que estar en desacuerdo con que los sucesos recientes de Rápido Tolima sean condicionados por múltiples fenómenos de carácter imprevisible e incontrolable. Lo que pasa allí es que, aparentemente, no hay gerencia ni administración. La empresa no es tal y los dueños de la flota hacen lo que les viene en gana, que en corto, significa hacer el mínimo posible de mantenimientos, revisiones y controles. Entonces, esperamos ver – ilusos que somos- que las autoridades abran los expedientes, que investiguen a los transportadores y que impongan las sanciones que estos se han ganado. ¡Ah! Y que controlen el estado de las flotas y de los conductores y que las busetas urbanas no se queden sin frenos en su recorrido.

Credito
JULIO A. LONDOÑO B.

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