Proyecto de ley para estimular el empleo juvenil

Miguel Ángel Barreto

Colombia atraviesa una de las mayores crisis económicas en su historia como Nación, que afecta principalmente a los jóvenes y que también disparó los índices de pobreza extrema, especialmente en las regiones.
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Para el trimestre febrero-abril del año 2021 el desempleo juvenil se ubicó en 23,10 %, lo que se traduce en 1,57 millones de jóvenes desocupados, siendo las mujeres las más afectadas (875 mil).

El choque que la epidemia generó en la fuerza laboral joven del país fue devastador. Sólo en el periodo analizado se sumaron 118 mil nuevos desempleados.

A la grave situación de desocupación de esta franja poblacional se suman otras falencias como la imposibilidad de acceder a salud y las limitantes para estudiar y capacitarse.

No en vano y dados los retos que este escenario supone, se requieren cambios estructurales y estímulos que propendan por la creación de puestos de trabajo para introducir a las nuevas generaciones en el aparato productivo, en el tejido empresarial y para fortalecer su emprendimiento y capacidades competitivas.

Convencido que desde el partido Conservador y el Congreso es urgente imprimir cambios sustanciales en materia de empleo, que además sean incluyentes y efectivos, radicaré próximamente la ley que tiene por objeto establecer los incentivos tributarios para las personas jurídicas que vinculen a jóvenes entre 18 y 28 años con contrato laboral en su planta de personal.

1. En el proyecto se propone un incentivo a la renta mediante la adición de un párrafo nuevo en el artículo 240 del Estatuto Tributario de la siguiente manera:

Las personas jurídicas cuya planta de personal esté conformada en más del 50 % por jóvenes de entre 18 y 28 años de edad, tendrán una tarifa general del impuesto sobre la renta del 28 %. Dentro de los seis meses posteriores a la entrada en vigencia de la presente ley se reglamentará lo dispuesto en este parágrafo.

2. Igualmente se introduce un incentivo a la Seguridad Social:

Las personas jurídicas que contraten jóvenes entre 18 y 28 años, que nunca hayan tenido un empleo formal o que lleven más de tres años sin empleo formal, no tendrán que pagar, durante los primeros dos años, los aportes a Seguridad Social; estos serán asumidos por el Gobierno nacional.

3. También hay un estímulo para acceder a Educación:

Las personas jurídicas que asuman los costos de educación superior, en cualquiera de sus modalidades, de jóvenes entre 18 y 28 años de edad, podrán deducir el 120 % del valor total de lo asumido para efectos del impuesto de renta.

En las actuales condiciones del país, seriamente golpeado por la pandemia, es evidente que existe una necesidad de generar incentivos para la creación de empleos y empresas para nuestros jóvenes, ya que desempeñarse en el ámbito laboral les hará ganar experiencia, generar sus propios ingresos, consolidar una familia más adelante y especialmente estar activos para emprender nuevos proyectos.

No obstante, tenemos que encaminar la actual regulación en la superación de esta falla en la demanda y oferta que presenta hoy el mercado laboral y que injustamente viene sacrificando a potenciales generadores de prosperidad y oportunidades. Las decisiones que se tomen hoy por el bien de nuestros jóvenes son fundamentales para alcanzar mejores estándares de calidad de vida cuando sean adultos.

Seguiremos generando acciones para que tengan todas las garantías de acceder y crecer en el mercado laboral. Avancemos en cerrar las brechas de desigualdad social y encaminémonos como sociedad en ser más equitativos, con quienes algún día harán parte o tomarán las decisiones importantes en nuestras ciudades, departamentos y en el país. Apoyemos a nuestros jóvenes.

MIGUEL ÁNGEL BARRETO CASTILLO

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