Ampliación de derechos, ¿y sus consecuencias?

José Adrián Monroy

El 2017 inicia con la entrada en vigencia de la nueva ley de maternidad que el pasado miércoles fue sancionada por el Presidente de la República, estableciendo una ampliación a la licencia de maternidad pasando de las 14 semanas de las que gozaba una madre trabajadora después de haber tenido un niño a 18 meses, es decir, cuatro meses y medio.

De inmediato, los análisis frente a las consecuencias de esta norma han ocupado buena parte de los debates mediáticos del país, contemplando las opciones que se desencadenarían por cuenta de la ley y que merecen tener en cuenta a la hora de evaluar sus resultados en lo que va corrido del año. Al haber ampliado las semanas de licenciar remunerada a las mujeres posterior a su embarazo, podría generar una eventual disminución de las opciones de empleo del género femenino teniendo en cuenta que para los empleadores no sería atractivo, económicamente hablando, correr el riesgo de contratar a una mujer debido a la constante posibilidad de que cualquier momento quede embarazada y por lo tanto un incremento en los gastos de la empresa.

Desde luego, es una medida que contiene un gran beneficio social por lo que implica permitir que una madre dedique exclusivamente un tiempo que es trascendental para el desarrollo de un bebé recién nacido, pero preocupa que la concesión de esta clase de derechos no prevea las repercusiones económicas que esto puede producir en el sector empresarial y para los empleadores en general con la excusa de igualarnos a las medidas adoptadas por los países desarrollados . Lo anterior, acompañado de que ya existen padres pidiendo un incremento proporcional a la denominada ley María, amparados en el principio de igualdad, que en la actualidad otorga ocho días hábiles de licencia para los nuevos padres.

Además, cerramos el año pasado con la noticia de que se amplió la edad de retiro forzoso a los servidores públicos del país pasando de 65 años a los 70; si bien es cierto, es una norma que reivindica los derechos de las personas mayores que por cuenta de su edad ya eran tratados como inservibles, el trasfondo de la Ley era otro, beneficiar a un selecto grupo de actuales servidores del Estado que ya cumplían con los 65 años de edad de retiro, pero que por su condición no convenía que fueran removidos de sus cargos, como el caso del contralor General de la República.

Esto significa que la dinámica legislativa del país es muy alta, que expedimos leyes para todo y se improvisa en las consecuencias que tiene para el país el adoptar leyes a la ligera.

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