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El hombre sufrió un trauma ocular en su ojo derecho, el 4 de mayo de 2013 mientras estaba privado de la libertad en el Complejo Carcelario y Penitenciario Coiba, ubicado al suroriente de Ibagué.
Por tal razón, el hombre recibirá el equivalente a 40 salarios mínimos legales vigentes, su esposa, hija y padres el mismo equivalente. Además sus abuelas y cinco hermanos cada uno recibirá el equivalente a 20 salarios mínimos legales vigentes para la época de los hechos. De igual manera, el Instituto Nacional Penitenciario y Carcelario (Inpec), por el daño a la salud, deberá pagar a Sosa Molina por ser la víctima directa 40 salarios mínimos legales vigentes.
El Tribunal señaló en su decisión, que si bien el Inpec actuó de manera oportuna al remitir a Sosa Molina a la USI de Ibagué para la prestación de salud, existe responsabilidad, pues el Estado debe vigilar y cuidar a los internos de un centro carcelario.
Reza el fallo: “El Estado está en la obligación de reintegrar a la sociedad a los ciudadanos que retiene en similares condiciones en las que se encontraban cuando los privó de la libertad, es decir, en condiciones normales o en aceptables condiciones médicas, salvo el deterioro en la salud por el inevitable paso del tiempo”.
Los hechos
Los hechos ocurrieron el 4 de mayo de 2013 en el Coiba de Picaleña, cuando Sosa Molina estaba en el bloque 1 patio 6. En el sitio no había luz cuando fue golpeado con un ladrillo que le afectó su ojo derecho.
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