Es decir, todas aquellas personas que, por ejemplo, hayan registrado una escritura de compraventa, que involucra a las dos partes, y alguna de ellas no está de acuerdo en cómo quedó registrada para presentar las modificaciones, tienen un plazo determinado. Ese tiempo, si se cumple cerca de la fecha de cierre de las oficinas, se correrá hasta que se vuelva a prestar el servicio con total normalidad.
La decisión de suspender los términos se da con ánimo de no afectar a los colombianos en los trámites registrales y “permitir un óptimo funcionamiento tecnológico y, a su vez, un buen perfeccionamiento en la prestación del servicio”, indicó la entidad.
“Trabajamos pensando en el usuario y buscamos mejorar el servicio al ciudadano con eficiencia, eficacia y calidad”, señaló el superintendente Jorge Enrique Vélez García.
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