Motivos que absolvieron a Iván Ramírez ante la demanda de Mauricio Jaramillo

ARCHIVO - EL NUEVO DÍA
El abogado y periodista José Iván Ramírez, fue absuelto de los delitos de injuria en concurso heterogéneo y sucesivo con calumnia, por los cuales lo había demandado el exsenador Mauricio Jaramillo, ante la publicación de dos artículos en la revista Cofradía, uno en mayo de 2007 titulado “Los amos de Cortolima”, y el otro de agosto de 2009

“Asesinan el Agua con complicidad de Cortolima”, ambos textos hacen mención del excongresista.

Según el Juzgado Noveno Penal de Ibagué, Mauricio Jaramillo Martínez, para la época de los hechos, era Senador (servidor público), lo que lo hace susceptible de críticas, opiniones o relevancias adversas, que señala el principio de relevancia público, el que un personaje con estas características debe asumir. Y que para este caso:

“Una de las publicaciones predicaba la injerencia en los nombramientos de los cargos dentro de la Cortolima, y en otra publicación le fue imputado la destrucción de las fuentes hídricas en esta ciudad con la complicidad de Cortolima, pues para la época de las publicaciones Jaramillo era socio de la constructora Inversiones Getsemaní Ltda.

“También que estaba siendo investigado por la Corte Suprema de Justicia en razón a unos beneficios que había recibido con ocasión de unos programas de Gobierno (Agro Ingreso Seguro) por tener cultivos de arroz y siembra de pasto en los predios de su exesposa”.

Conclusiones

Según el juzgado en el proceso de verificación de la información, no se demostró que el acusado fuera el autor de las columnas publicadas en Cofradía, “en este caso la Fiscalía no logró demostrar la autoría de cada una de las mismas, al igual que tampoco se logró determinar el animo dañoso (dolo) de perjudicar a la víctima, pues ¿hasta qué punto las publicaciones pudieron ser aseveraciones deshonrosas?

“Pues sólo se trató de unos artículos que en ningún momento puso en riesgo o afectó la intimidad de Jaramillo, ya que por ser personaje público para la época de los hechos era susceptible de críticas”, “el material probatorio dentro del juicio oral, no logró demostrar el compromiso penal acusado José Iván Ramírez, como presunto autor de las conductas punibles”, reza el documento.

La veracidad

La juez Silvia Liliana Buitrago, concluyó que con base en lo anterior no encontró responsabilidad en el acusado, pues según lo dicho por Jaramillo en su testimonio, para la época de la publicación era investigado por la Corte, que posteriormente fue absuelto, pero que además tiene otro proceso vigente que se encuentra pendiente de resolver, por lo tanto “dicha información de una u otra forma no fue para la época de la publicación una información falsa”.

Según la jurisprudencia nacional, la gravedad de las opiniones se debería a la capacidad de producir un daño en el patrimonio moral, por lo tanto, “en nada demostró la Fiscalía cual fue ese perjuicio, daño o grado de afectación ocasionado a los bienes jurídicos de Mauricio Jaramillo, pues al escucharlo, en ningún momento se expuso si fue afectado en su vida intima, familiar o social”.

Credito
EL NUEVO DÍA

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