Audiencia contra concejal de Cambio Radical

SUMINISTRADA - EL NUEVO DÍA
Ante la demanda de pérdida de investidura contra el concejal de Ibagué Víctor Hugo Gracia, miembro del partido Cambio Radical, se cumplió la audiencia de alegatos, donde se expusieron los argumentos presentados por la parte demandante, al igual que los de la defensa y el concepto del ministerio público.

La demanda hace referencia a una supuesta causal de inhabilidades en el Concejal, establecida en el artículo 40 de la Ley 617 del 2000, que reza:

“Quien dentro de los 12 meses anteriores a la fecha de la elección haya ejercido como empleado público, jurisdicción o autoridad política, civil, administrativa o militar, en el respectivo municipio o distrito, o quien como empleado público del orden nacional, departamental o municipal, haya intervenido como ordenador de gasto en la ejecución de recursos de inversión o celebración de contratos, que deban ejecutarse o cumplirse en el respectivo municipio o distrito”.

El cabildante suscribió cuatro meses antes de su elección, un contrato con la Universidad Esap, por $10 millones 800 mil, para asesorar a entidades de orden territorial o municipal, en estudios técnicos de modernización administrativa. A pesar de esto la defensa argumentó que aunque el contrato se firmó en Ibagué, la ejecución fue en Villahermosa, San Antonio, y se hizo acompañamiento en Planadas.

Angélica María Leal, designada por el abogado Wilson Leal, para llevar el caso contra el Concejal dijo: “La defensa pretende indicar que no fue en Ibagué la ejecución del contrato, pero esto es desvirtuado con material probatorio, como los reconocimientos de gastos de desplazamiento a dichos municipios, es decir que si el lugar de trabajo fueron los municipios que sentido tiene suministrar gastos de desplazamiento; y las órdenes fueron impartidas desde Ibagué”.

Ante esto, el concejal Gracia expresó: “La Esap le brinda a los asesores un apoyo económico para desplazamiento, ya que el tema de modernización y ampliación de estructuras y de cargas, la información se desarrolla directamente en las Alcaldías, información financiera que no se puede sacar de las entidades administrativas, y menos se puede hacer a distancia. Hay claridad que la ejecución no fue en Ibagué”.

Debido a esto, el Tribunal solicitó como material probatorio a la Esap, la ubicación geográfica de ejecución del contrato, a pesar de que ya la directora que estuvo encargada de la Esap, Johanna Guzmán, había informado en marzo que las entidades asesoradas fueron las alcaldías de Villahermosa, San Antonio, y se hizo acompañamiento en la recolección de cargas laborales en Planadas. Se espera que el Tribunal emita su fallo en menos de un mes.

Credito
EL NUEVO DÍA

Comentarios