Regulación a la publicidad para el plebiscito en Ibagué

INTERNET - EL NUEVO DÍA
La Administración municipal expedirá el decreto que regula el uso de publicidad en las campañas por el sí y el no, en las elecciones del plebiscito, siendo habilitadas algunas zonas para pendones, pasacalles y vallas, y prohibiéndose otras; además se precisaron algunos topes para las cuñas radiales.

Se estableció que quienes no soliciten los permisos respectivos e incumplan la reglamentación, serán sancionados.

La decisión se tomó mediante una reunión informal de la Comisión Municipal Especial de Vigilancia y Seguimiento, la cual también será conformada bajo decreto, según lo establece la Ley; y la Secretaría de Gobierno a través del grupo de Espacio Público serán los encargados de hacer seguimiento y otorgar los permisos respectivos.

Reglamentación

La Alcaldía sólo permitirá la fijación de 20 vallas de publicidad electoral, tanto en espacios públicos como privados, los cuales el grupo de Espacio Público se encargará de realizar el respectivo sorteo de asignaciones para los comités de campaña inscritos en la Registraduría, y cada valla tendrá un área de 48 metros cuadrados.

La publicidad de carros-valla o motos-valla, al igual que de vehículos con multimedia o tipo LED, serán contados dentro de las 20 espacios que se autorizan; además, los ambulantes o semi-estacionarios, tendrán restricción en áreas que ha prohibido la Alcaldía. Por lo tanto los vehículos que porten propaganda política sin el respectivo permiso, se les impondrán sanciones.

Los lugares prohibidos serán: Espacios públicos que no tengan autorización, zonas históricas, entidades públicas o inmuebles de carácter privado donde funcionen oficinas, propiedades privadas sin consentimiento del propietario, postes de apoyo a la red eléctrica y telefónica, puentes peatonales y vehiculares, torres eléctricas, cajas telefónicas, parques, plazoletas, el centro de Ibagué comprendido entre las calles Sexta y 19, y las carreras Primera a Octava. Al igual que el viaducto del Sena, la glorieta de Mirolindo y la glorieta del Éxito.

En cuanto a pasacalles y pendones, la Alcaldía otorgará permisos para fijar un máximo de 30 pasacalles y 100 pendones por parte de los comités de campaña por el sí o por el no, que estén inscritos.

Las solicitudes de permiso, deberá ser radicadas por el representante del comité de campaña, o el delegado debidamente autorizado, indicando claramente el lugar de ubicación y contenido de la publicidad; pero dado el caso que dos o más comités solicitaran el permiso en un mismo lugar, se le asignará a quien hubiese radicado la petición con mayor anticipación.

Las sanciones

Quienes fijen la propaganda electoral en sitios no autorizados, o sin el permiso, se les impondrá multas entre uno y cinco salarios mínimos legales mensuales vigentes, siendo la Secretaría de Gobierno la encargada de imponerlas, por ser la dependencia responsable del control y la vigilancia.

Cada comité de campaña, deberá retirar toda la publicidad que haya sido autorizada, 48 horas antes del inicio de la jornada electoral del 2 de octubre. El control y vigilancia de la secretaría de Gobierno, estará acompañado por los Bomberos, y el grupo de Policía Ambiental, para adelantar operativos y de ser necesario retirar la publicidad indebida.

Credito
EL NUEVO DÍA

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