CNE negó peticiones de revocatoria de la candidatura de Orozco

El día de ayer la plenaria del Consejo Nacional Electoral (CNE) negó la petición de revocatoria de la candidatura de Ricardo Orozco a la Gobernación del Tolima.

Las denuncias habían sido interpuestas por el periodista Andrés Restrepo, quien fuera asesor del difunto exsenador Juan Mario Laserna, y por el ciudadano Jhony Ángel Mena Herrera, argumentando que el candidato estaría inmerso en varias causales de inhabilidad.

La primera de ellas, según las denuncias, sería por haber sido retirado de la Policía hace 30 años, en razón a que no puede ser inscrito como candidato ni elegido o designado como gobernador quien haya sido excluido del ejercicio de una profesión.

La segunda, por haber fungido como gobernador encargado y luego aspirar al cargo fuera de los tiempo permitidos por la ley.

La tercera por haber sido condenado por el delito de tentativa de homicidio, pues quien haya sido condenado en cualquier época por sentencia judicial a pena privativa de la libertad, excepto por delitos políticos o culposos, estaría inhabilitado.

 

Qué dijo el CNE

Según la decisión de los nueve magistrados, Orozco no tiene ningún tipo de inhabilidad para participar en las elecciones del próximo 27 de octubre.

Sobre la posible inhabilidad por haber sido retirado de la Policía el CNE afirmó que para la fecha en que fue separado de la institución, la actividad de policía no era aún considerada como una profesión y que al no poderse aplicar la norma de manera retroactiva, no es posible deducir que esta sanción pueda entenderse como el retiro de una profesión.

De la inhabilidad por haber sido gobernador encargado el CNE afirmó que no aplica para el caso concreto, toda vez que ejerció como encargado y no como gobernador electo.

Finalmente, con respecto a la sanción penal el CNE afirmó que la condena que en su momento le impuso el Juzgado Penal del Circuito de Mocoa - Putumayo nunca estuvo en firme, por lo cual no se incurre en inhabilidad.

En este sentido, dentro de las razones expuestas para negar las peticiones de los demandantes el CNE afirmó que Orozco “sí cometió el delito de homicidio agravado en modalidad de tentativa, el día 8 de febrero de 1990, pero dada la inoperancia del sistema colombiano de administración de justicia para tomar decisiones expeditas que sesguen cualquier vestigio de impunidad, no existe a la fecha una condena en firme que tenga, entre otras consecuencias jurídicas, la de inhabilitar a este ciudadano”.

 

La reacción de Orozco

Luego de conocido el fallo, el candidato afirmó que este se dio como consecuencia de que las tres razones enunciadas no tenían ningún fundamento jurídico que le impidieran participar de las elecciones.

“Estamos tranquilos porque desde nuestra defensa, encabezada por Wilson Ruiz, siempre supimos que el CNE es un organismo importante en el ordenamiento jurídico nacional e iba a fallar según los argumentos, los cuales nos daban la razón”, afirmó Orozco.

Andrés Restrepo, uno de los denunciantes, afirmó que interpondrá un recurso de reposición en contra de la decisión tomada por el CNE.

 

Frase

"Con esta decisión queda despejada cualquier duda que tuviese la opinión pública luego de la campaña sucia que se realizó en contra mía".

Credito
EL NUEVO DÍA

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