Establecen reglas en convocatorias de selección de contralores territoriales

ARCHIVO - EL NUEVO DÍA
A través de la resolución 0728 del 2019, la Contraloría General de la República estableció los nuevos términos generales de las convocatorias públicas de selección de contralores territoriales que deben adelantar las asambleas y los concejos.

Estas corporaciones deberán estudiar la procedencia de revocar, modificar, adecuar o suspender los procesos de convocatorias públicas que adelanten actualmente, con miras a cumplir cabalmente los nuevos términos.

La reglamentación incluye novedades como un examen de integridad a los integrantes de la terna de aspirantes por parte del Departamento Administrativo de la Función Pública (no puntuable), la no asignación de puntaje para la entrevista que se realice a los mismos y la posibilidad de que las asambleas y concejos se asocien para contratar la entidad que adelante los procesos de selección.

El examen de integridad (que se hará de forma presencial o virtual) y la entrevista, podrán ser tenidos en cuenta como criterio orientador para la elección por parte de la respectiva corporación pública. También se determinó dar valor a la experiencia específica, a las publicaciones en el ámbito fiscal y la experiencia docente.

La convocatoria deberá realizarse mínimo con tres meses de antelación a la sesión de elección. Este término no será aplicable al proceso de selección de contralores cuyo período inicia el año entrante.

Según los cambios al acto legislativo 04 de 2019, por medio del cual se reformó el Régimen de Control Fiscal, los futuros contralores se elegirán de una terna conformada por quienes obtengan los mayores puntajes en la convocatoria.

También define que tendrán un periodo de cuatro años que no podrá coincidir con el periodo del gobernador y alcalde, como ocurre en la actualidad. A efecto de la transición a este nuevo régimen, la elección de los nuevos contralores se hará para un tiempo de dos años.

Credito
EL NUEVO DÍA

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