Tolima podría ser piloto para la aplicación de sanciones de la JEP

Quienes no hayan reconocido responsabilidades serán condenados con la privación efectiva de libertad entre 15 y 20 años.
Crédito: ARCHIVO - EL NUEVO DÍA
El gobernador Ricardo Orozco solicitó al alto tribunal la ejecución del plan piloto de las sanciones restaurativas que eventualmente se impondrán a victimarios del conflicto.
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En el Tolima se podría llevar a cabo el plan piloto de implementación de las sanciones restaurativas que la Jurisdicción Especial para la Paz (JEP) impondrá a quienes reconozcan su responsabilidad en los delitos cometidos en el marco del conflicto armado y aporten a la reparación de las víctimas.

La solicitud la hizo el gobernador Ricardo Orozco junto al magistrado tolimense Danilo Rojas, con el propósito de que quienes se sometan a la JEP puedan cumplir con su mano de obra las funciones reparadoras y restaurativas, como el mantenimiento o construcción de vías en el departamento.

De acuerdo con el mandatario seccional, aún están por definirse los municipios del Tolima donde se cumplirían las sanciones, así como las personas que las ejecutarían. La discusión radica en si este plan piloto acogería únicamente a responsables de delitos en el departamento o también incluiría a personas que hayan cometido delitos en otras regiones de Colombia.

 

Tipos de sanciones

Habrá una diferenciación al momento de imponer sanciones a partir del reconocimiento de responsabilidad. Las ‘sanciones propias’ se aplicarán a quienes reconozcan verdad y responsabilidad de manera temprana por los delitos más graves. La sanción tiene una duración de cinco a ocho años de restricción efectiva de la libertad en establecimientos no carcelarios, o de dos a cinco años para quienes hayan tenido una participación no determinante en el delito.

También están las ‘sanciones alternativas’, que se aplicarán a quienes reconozcan tardíamente verdad plena antes de que se produzca una sentencia. La sanción es alternativa, por lo tanto, será privativa de la libertad, con una duración entre cinco y ocho años.

Y están las ‘sanciones ordinarias’, que comprometerán a quienes no reconozcan su responsabilidad y sean declarados culpables por la Sección de Ausencia de Reconocimiento. Serán condenados a pena privativa de la libertad de hasta 20 años, que deberá ser cumplida bajo el régimen de reclusión ordinario.

Para mantener los beneficios jurídicos, toda persona que se someta a la JEP debe cumplir con el régimen de condicionalidad. Este obliga a los comparecientes a aportar a la verdad plena y la reparación de las víctimas, no repetir sus crímenes y concurrir al Sistema Integral de Verdad, Justicia, Reparación y No Repetición, cuando sean llamados, entre otras obligaciones.

El Tribunal para la Paz será el competente para conocer y decidir finalmente sobre los recursos contra las decisiones de la distintas Salas y Secciones de la JEP.

 

Dato

Con la presencia de varias entidades en la región la mesa técnica sectorial promovida por la Gobernación vinculó a los excombatientes de las Farc en la construcción del Plan de Desarrollo.

 

Dato

La justicia tradicional tiene un modelo retributivo, que hace énfasis en el castigo al victimario, mientras que la JEP se basa en un modelo restaurativo, que pone el acento en la víctima, resarciendo su dignidad y buscando la reparación integral.

Credito
REDACCIÓN POLÍTICA

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