Proyecto para garantizar acceso a productos de higiene menstrual

Crédito: Suministrada / El Nuevo Día.Adriana Magali Matiz, representante a la Cámara por el partido Conservador.
La representante a la Cámara, Adriana Matiz, autora de la iniciativa, manifestó que a través de esta ley se busca lograr la materialización de los derechos a la dignidad humana, la salud y bienestar, la no discriminación y la igualdad de género para las más de seis mil mujeres privadas de la libertad; logrando así que puedan acceder de manera gratuita y con una periodicidad adecuada (cada mes) a los productos de higiene menstrual, además de garantizarles el suministro suficiente, en caso de estar inmersas en situaciones especiales como lo son el periodo de lactancia o patologías clínicas, que deberán estar debidamente acreditadas por un reporte médico.
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Y es que de acuerdo con la congresista, el Sistema Penitenciario en Colombia, se ha caracterizado por carecer de un enfoque diferencial de género, que ha estado justificado en que históricamente la criminalidad femenina ha sido inferior al porcentaje de delitos cometidos por hombres, olvidando las autoridades, que los índices de mujeres privadas de la libertad, han tenido un incremento significativo, al pasar de 1.500 mujeres en 1991 a 6.914 en enero de 2021, lo que representa un incremento del 361%.

Así mismo explicó que de acuerdo con lo establecido en el articulo 69 del Código Penitenciario y Carcelario, las autoridades entregan a las mujeres privadas de la libertad un kit de aseo personal que se compone de: papel higiénico (2 rollos), máquina de afeitar (1), crema dental (1), jabón de tocador (1), desodorante (2), cepillo dental (1) y toallas higiénicas (2 paquetes). Elementos que le son suministrados a su ingreso y 1 vez cada 4 meses en abril, agosto y diciembre.

“Este panorama da muestra de la precariedad en materia de elementos de higiene que deben soportar las mujeres, por cuanto la dotación suministrada tiene una duración de uso aproximado de 2 meses (1 paquete por mes), lo que conlleva a que una mujer privada de su libertad deba permanecer durante 60 días, sin insumos de higiene menstrual, y ello sin tener en cuenta aquellas que tengan un sangrado menstrual abundante, las cuales según la Federación Internacional de Ginecología y Obstetricia, podrían requerir entre 10 – 12  toallas higiénicas por día”, afirmó la parlamentaria.

A lo que agregó “la insuficiente dotación de los elementos para la higiene propia del género, es una problemática que ha sido invisibilizada, aún cuando la Corte Constitucional ha considerado estos bienes como insustituibles y de cuyo acceso depende el ejercicio del derecho a la dignidad, la igualdad, la salud y el libre desarrollo de la personalidad de las mujeres, y es que es tan importante el adecuado manejo de la higiene menstrual, que mediante Sentencia T 398 de 2019 fue reconocido como un derecho derivado de la salud sexual y reproductiva”.

La iniciativa busca además que las mujeres privadas de la libertad tengan acceso a educación en el manejo de la higiene menstrual y para ello se le ordena que el Ministerio de Justicia y del Derecho que, en coordinación con el Ministerio de Salud, realicen capacitaciones anuales en todos los centros carcelarios y penitenciarios del país, que cuenten con población reclusa femenina.

Credito
Redacción política.

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