Según esta entidad, esta acción se tomó según lo estipulado en el artículo 96 de la ley 142 de 1994 y tiene como objetivo tener una efectiva gestión de recaudo frente a la cartera vencida.
El Ibal manifestó que para acceder a la condonación, el usuario que se encuentre en mora por la facturación de dicha obligación, deberá normalizar este proceso mediante el pago de contado de la deuda o por un acuerdo de pago en un plazo máximo de 18 meses, según la modalidad, la fecha y el plan a que se acoja el usuario así será el valor a condonar.
“Desde la empresa se quiere con este tipo de estrategias, permitir a los deudores tener alternativas de pago que le aseguren el servicio; para la empresa significa la recuperación de cartera e ingreso de recursos que se requieren para continuar cumpliéndole a la ciudad con un buen servicio y el aseguramiento del agua para las presentes y futuras generaciones”, sostuvo Carlos Fernando Gutiérrez Gamboa, gerente del Ibal.
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