La medida cobija a 18 mil cafeteros que tienen deudas por $146 mil millones y que por diversas circunstancias sus proyectos agrícolas fracasaron, entre lo que tiene especial protagonismo el cambio climático con el fenómeno ‘El Niño’ (verano) o fenómeno ‘La Niña’ (invierno).
De acuerdo a la presentación del Ministerio de Agricultura, serán beneficiados los productores que tengan un saldo consolidado a 31 de diciembre de 2016 inferior a $50 millones en el Pran y Fonsa.
Así, podrán extinguir sus obligaciones hasta el 30 de junio de 2019 de acuerdo con las condiciones que establezca el Ministerio de Agricultura y que aplicará el administrador o acreedor de la cartera.
De acuerdo con el Ministerio de Agricultura, Finagro se abstendrá de “adelantar su cobro judicial a partir de la entrada en vigencia de esta ley y hasta el 30 de junio de 2019, tér-mino dentro del cual se entenderán suspendidas tanto las acciones de cobro como la prescripción de las mismas y sus garantías, conforme a la ley civil”.
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