Corte Constitucional avala la ley de amnistía

COLPRENSA - EL NUEVO DÍA
Un punto esencial del fallo de la Corte de ayer es que será al interior de la JEP, y en cada caso en concreto, donde se deberá definir si el beneficiario incumplió con los requisitos o no.

La Sala Plena de la Corte Constitucional avaló ayer, con algunos condicionamientos, la Ley de Amnistía y Trato Diferenciado que establece una serie de beneficios acordados con las Farc, esto para los integrantes de esa guerrilla y para los agentes del Estado responsables de delitos cometidos por causa y en relación directa del conflicto armado.

Se trata de la Ley que regula la entrega de amnistías, indultos y libertades condicionadas dadas por delitos políticos y conexos y que establece, entre otros, el deber del Estado de investigar, esclarecer, perseguir y sancionar las graves violaciones de derechos humanos.

Con una votación 6-1, y tras varias discusiones, sumado a la modificación de la ponencia presentada por la magistrada Diana Fajardo, la Sala tomó una decisión que va de la mano con el fallo que tomó respecto del Acto Legislativo que creó que el Sistema de Verdad, Justicia, Reparación y No Repetición, y que crea la Jurisdicción Especial para la Paz, y que determinó que de no cumplir con los requisitos del sistema los beneficios pueden perderse.

En este sentido, la Corte declaró exequibles los artículos 14, 34 y 35 para decir que la entrega de amnistía, indultos o tratamientos equitativos, así como la continuidad de las libertades condicionales dependen del cumplimiento del régimen de condicionalidad que estableció la sentencia C-674 de 2017.

En ese sentido, la Corte señaló que el compromiso de contribuir a la garantía de los derechos de las víctimas es una condición “de acceso y permanencia en relación con la amnistía, indulto y los tratamientos jurídicos especiales”.

En segundo lugar, señala que el cumplimiento de los deberes de contribución a la satisfacción de los derechos de las víctimas se exigirá a los beneficiarios de las amnistías, los indultos y los tratamientos “durante la vigencia de la JEP”.

En tercer lugar, se precisa que se entenderá que habrá incumplimiento si la persona, teniendo la obligación de acudir al sistema, se rehúsa a hacerlo de manera injustificada; si no acata los requerimientos del Tribunal de Paz para la reparación de las víctimas y si no acude ante la Comisión de la Verdad y a Unidad de Búsqueda de Personas Dadas por Desaparecidas.

 

Presidente Santos posesionó cuatro magistrados de la JEP

El presidente de la República, Juan Manuel Santos, posesionó a Zoraida Anyul Chalela Romano, Eduardo Cifuentes Muñoz, Jesús Ángel Bobadilla Moreno y a Mauricio García Cadena como magistrados de la Sala de Justicia de la Jurisdicción Especial para la Paz (JEP).

Estos cuatro juristas hacen parte de los 38 magistrados que conformarán el referido tribunal y del cual, hasta la fecha, se han posesionado 35. “Son personas con las más altas calidades que se suman ahora al grupo que ya se había posesionado en enero de este año”, dijo Santos y reiteró que la JEP va a permitir hacer la transición hacia la paz dentro del marco constitucional, las leyes y las obligaciones internacionales.

 

‘Timochenko’ fue hospitalizado

En el hospital de Fusagasugá fue internado de urgencia Rodrigo Londoño, conocido como ‘Timochenko’, candidato presidencial de la Fuerza Alternativa Revolucionaria del Común (Farc), partido político nacido de la desmovilizada guerrilla.

El episodio tuvo lugar en el marco del cierre de la campaña de Rodrigo Londoño, candidato a la Presidencia de Colombia, en el departamento de Cundinamarca. Así lo confirmó el partido Fuerza Alternativa del Común, a través de un comunicado de prensa: “Timo, después de realizar sus ejercicios diarios, sufrió un dolor toráxico, motivo por el cual fue llevado al hospital San Rafael de Fusagasugá para un chequeo médico”, dice el texto.

 

Cifra

481 personas al parecer buscan colarse en los beneficios dispuestos para los exguerrilleros de las Farc. 

Credito
COLPRENSA

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