Según el Ministerio Público, este concepto es un medio de prueba necesario para que el juez tome su decisión y en últimas para evitar que un recluso pueda quedar en libertad excusándose en una falsa enfermedad.
El demandante alegaba que debido a que el Instituto de Medicina Legal es una entidad subordinada a la Fiscalía, eso puede limitar la autonomía de su dictamen y generar un desequilibrio en el desarrollo del proceso penal.
La Procuraduría, por el contrario, consideró que de acuerdo con el Código de Procedimiento Penal, Medicina Legal es una entidad con personería jurídica, patrimonio propio y autonomía administrativa y su dictamen es un apoyo a la administración de justicia.
Aunque el dictamen de Medicina Legal es un apoyo para su decisión, es el juez quien debe velar porque las condiciones de reclusión sean compatibles con el estado de salud del detenido.
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