Listo decreto para regular las armas traumáticas

El decreto establecería que la entidad encargada de la recepción de los documentos sería el Departamento de Control de Comercio de Armas de las Fuerzas Militares.
Crédito: Archivo / EL NUEVO DÍA.El decreto establecería que la entidad encargada de la recepción de los documentos sería el Departamento de Control de Comercio de Armas de las Fuerzas Militares.
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El proyecto de decreto implicaría que las armas traumáticas, consideradas como “menos letales”, pasarían a tener el mismo trato que las de fuego.
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En el transcurso de esta semana será expedido el decreto con el cual se busca reglamentar las armas traumáticas en el país, luego de recibir comentarios de la ciudadanía.

El decreto establece que las armas traumáticas solo podrán ser adquiridas por personas que las requieran para uso civil o defensa personal. En todos los demás casos estarán prohibidas. Su tenencia requerirá un permiso especial por parte de las autoridades. Con esto se busca evitar que, como ya viene ocurriendo, criminales recurran a este tipo de armas, a las que hoy en día tienen más fácil acceso, para cometer delitos. 

En algunos casos, incluso las modifican para que sean más letales. “Hay muchos delitos que se han cometido, lo evidenciamos durante las actuaciones de vandalismo y bloqueo en el país y lo hemos evidenciando en crímenes recientes, como los de este fin de semana, en donde los delincuentes usan armas traumáticas o porque las modifican para afectar la integridad, usando balas de metal y no de goma”, dijo el ministro de Defensa, Diego Molano.

 

Requisitos 

 

Las personas naturales requerirían de los siguientes trámites y documentos: cédula de ciudadanía, certificado de aptitud sicofísica expedido por entidades autorizadas por la Dirección General de Sanidad Militar, certificado de manejo de armas expedido por una entidad por el Departamento Control Comercio de Armas, Municiones y Explosivos y, por último, una factura de venta o declaración de importación del arma.

Y en el caso de las personas jurídicas, deberán presentar cédula de ciudadanía del representante legal, concepto favorable emitido por la Superintendencia de Vigilancia y Seguridad Privada, así como una factura de venta o declaración de importación del arma.

 

Censar armas 

 

El proyecto de decreto también contempla marcar y censar las armas que ya están en territorio nacional para tener la certeza de cuántas hay, en dónde están y a quiénes les pertenecen.

En ese orden de ideas, será el mismo Departamento de Control de Comercio de Armas, Municiones y Explosivos el que tendrá un plazo de ocho meses, posteriores a la expedición del decreto, para establecer los puntos y sedes en que se recibirán las armas existentes.

Además, las personas naturales o jurídicas que tengan armas traumáticas deberán realizar el marcaje de estas ante la autoridad competente en un plazo de ocho meses contados a partir de que entre en funcionamiento y operación el procedimiento que para ello establezca Indumil.

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Credito
Redacción El Nuevo Día

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