“No investigar o engavetar, es dañino”

Columnista Invitado

No puede ser que en nuestro país se siga premiando a quien ha tenido actuaciones que atentan contra la ética y las buenas costumbres. Y mucho más grave que las denuncias que se instauran, duerman el sueño de los justos, como decía mi abuela, o que dichas denuncias se desaparezcan o se engaveten. Así difícilmente se podrá luchar contra la corrupción así se creen comisiones, se expidan nuevas leyes o directrices, si los encargados de realizar las investigaciones no las ejecutan oportunamente, buscando con ello que los términos se venzan y los hechos queden impunes y todos felices comiendo perdices, como también decía mi abuela. ¿Qué hay detrás de todo ello?
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El reciente nombramiento en encargo de un funcionario en el Sena Tolima, para desempeñarse como subdirector del Centro de Industria y la Construcción, por parte del Director General, tiene molestos e incómodos a varios funcionarios de planta y contrato, quienes levantaron su voz de protesta.

Resulta que el funcionario en cuestión tiene varias denuncias ante la Oficina de Control Interno Disciplinario de la Dirección General debidamente documentadas, por hechos sensibles y delicados como son: fallas en la supervisión de contratos, manipulación de los mismos, exigencia de dádivas a contratistas, y acoso laboral y sexual. Una de ellas fue recepcionada por la funcionaria Diana Peralta, de la oficina de Control Interno en una de las auditorías especiales solicitada por la Dirección Regional del Sena en el 2019, ante información allegada al despacho regional alrededor del actuar del funcionario seleccionado.

Igualmente, la Subdirección de Centro de Industria el año pasado al conocer de hechos que riñen contra el buen actuar de todo funcionario público, acontecimientos que reportó a la Dirección Regional, quien de inmediato, le solicitó remitir a la Oficina de Control Interno Disciplinario de la Dirección General, dando cumplimiento así al numeral 34 del artículo 34, capítulo Segundo – Deberes de los Servidores Públicos.

Lo más desalentador del caso, es que la Coordinación de Relaciones Laborales de la Dirección General del Sena ante la preocupación y malestar por las posibles irregularidades por el mencionado nombramiento les haya contestado: “El funcionario seleccionado cumple con lo establecido en las normas y los requisitos que exige el manual de funciones y competencias laborales del Sena para el cargo de Subdirector de Centro Grado 02, se aclara que las investigaciones que una persona tenga en curso no constituyen antecedentes para su hoja de vida en virtud del derecho fundamental a la presunción de inocencia establecido en el artículo 29 de la constitución política, que señala: "toda persona se presume inocente mientras no se haya declarado judicialmente culpable”.

Respuesta que se complementa con: “No obstante, con el fin de dar respuesta a su solicitud, mediante CI por radicar No. 9-2020-050085 del 10 de noviembre de 2020, la oficina de Control Interno Disciplinario informó a esta coordinación: “(…) de manera atenta me permito informar que una vez revisado el sistema de Información Disciplinario, los libros radicadores de la Oficina de Control Interno Disciplinario Sena y la página de antecedentes disciplinarios de la Procuraduría, el funcionario seleccionado no tiene sanciones disciplinarias y tampoco se adelanta expediente disciplinario a la fecha”.

Ahora bien, preocupa que la misma entidad, pero desde otra dependencia, la Oficina de Control Interno Disciplinario en la respuesta a un Derecho de Petición incoado por este ciudadano el pasado 27 noviembre, reconoce que efectivamente existen nueve oficios debidamente radicados en dicha oficina con quejas en contra del funcionario seleccionado como Subdirector de Centro en encargo, sobre las cuales según la oficina en mención informó “a la fecha se están adelantando las respectivas averiguaciones de conformidad”. Las preguntas que aparecen aquí son: ¿A qué se debe la contradicción entre las dos áreas de la Dirección General? ¿A quién se pretende desorientar?

En cuanto a lo que afirma la oficina de Control Interno Disciplinario con relación a que “a la fecha se están adelantando las respectivas averiguaciones de conformidad” lo dudo y sustento mi argumento tomando como referencia la denuncia colocada por la Dirección Regional a través de la funcionaria de Control Interno en el primer semestre del 2019, a la fecha no ha sido llamado el director regional de la época, a ampliar la versión inicial de la queja instaurada ni tampoco ha sido llamado el testigo principal. ¿Entonces cuáles son las investigaciones que está adelantando?

Así las cosas, quedan bastantes dudas y muchos interrogantes que se plantean: ¿Por qué después de casi 18 meses de haberse remitido las quejas, no se conoce los resultados de las investigaciones que según la oficina de Control interno Disciplinario está realizando? ¿Qué está pasando en dicha oficina? ¿Qué mano oscura está actuando en dicha Oficina y en favor de quién? Me reitero ¿Qué pasó con la denuncia realizada por la Dirección Regional a través de la Oficina de Control Interno de Gestión? ¿Qué pasó con las quejas remitidas por la Subdirección de Centro? ¿Por qué la Dirección General guarda silencio? ¿Merece el Sena tener directivos con antecedentes disciplinarios debidamente documentados? ¿Hasta cuándo la no realización de las investigaciones en forma oportuna y la presunción de inocencia serán excusas para premiar a quienes tienen actuaciones al margen de la Ley, de las normas institucionales y la ética? “O será que actuar por fuera de la Ley, de la ética y tener un buen padrino paga”. Juzguen ustedes, lo dañino que resulta no darle trámite oportuno a las denuncias o engavetar las mismas.

FÉLIX RAMÓN TRIANA GAITÁN

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