Caso Andrés Felipe Arias: La múltiple disconformidad

José Adrián Monroy

De nuevo surge un enfrentamiento entre las altas cortes, la razón, Andrés Felipe Arias (AFA). El ex ministro ha intentado por todos los medios tumbar la sentencia que profirió en su contra la Corte Suprema de Justicia, condenándolo a 17 años de prisión por el caso de Agro Ingreso Seguro.
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Arias, agotó todos los recursos posibles en el ordenamiento jurídico colombiano para revocar su fallo sin que hubiese tenido éxito, incluso, recurrió al gobierno de los Estados Unidos para que lo reconociera como un perseguido político y le otorgara el asilo; pero su pretensión fue infructuosa y fue devuelto al país.

No obstante, la Corte Constitucional, en un hecho sin precedente alguno, le dio la posibilidad de que su sentencia fuera revisada invocando una figura denominada la doble conformidad, amparada en una decisión de la Corte Interamericana de los Derechos Humanos proferida en el año 2014. La doble conformidad implica que otro juez distinto al que falla revise los veredictos condenatorios, a diferencia de la doble instancia en donde se garantiza que toda sentencia, condenatoria o absolutoria, pase por un segundo juez. Basta recordar, que AFA era aforado por su condición de Ministro, por lo que lo investigaba en única instancia la Corte Suprema de Justicia.

El choque de trenes, como se le dice coloquialmente a las discrepancias jurídicas que se suscitan entre las altas cortes, surge porque la decisión de la Corte Constitucional obliga a la Corte Suprema de Justicia a que unos magistrados distintos a los que conocieron el proceso de AFA revisen el fallo, dando la opción de confirmarlo, modificarlo con una eventual reducción de la pena o definitivamente absolverlo; aunque esta última alternativa sería improbable, por cuanto no existen ni hechos ni pruebas nuevas para aportar al proceso, pero estamos en Colombia donde todo puede pasar. Para la Corte Suprema de Justicia, órgano de cierre de la jurisdicción ordinaria, es decir, última instancia de los procesos penales, civiles y laborales; la decisión de la Corte Constitucional fue hecha para favorecer a Andrés Felipe Arias, sintiéndose desautorizados.

Ahora bien, la decisión de la Corte Constitucional le abre la puerta a que todos los condenados que estén en las mismas condiciones, recurran al beneficio de la doble conformidad aplicada a AFA, máxime, cuando ya habían agotado los recursos de ley, algo que no se puede hacer o bueno, no se podía. Esto, rompe drásticamente principios jurídicos que son pilares fundamentales del derecho en nuestro país como el principio de la cosa juzgada, el de legalidad del proceso penal y el de seguridad jurídica.

Lo anterior, es el resultado de un fenómeno que se viene presentando desde hace varios años, la politización de la justicia. Puesto que vía jurisprudencia, los jueces y magistrados sientan posiciones ideológicas, políticas, legislan, sin importar los procedimientos, parámetros o reglas que deban pasar por alto para imponer el pensamiento del momento. Es oportuno y necesario, que en estos tiempos de reflexión, también le echemos una mirada a cómo funciona la justicia en Colombia.

JOSÉ ADRIÁN MONROY TAFUR

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