Piedras

Esta columna no trata de la decisión tomada por los votantes en Piedras (Tolima), quienes hace una semana, en una consulta popular, rechazaron la actividad de la gran minería en su municipio.

No tengo elementos para comentar esa decisión, e ignoro los particulares del problema. Pero sí quiero referirme a la euforia que este hecho ha despertado entre algunos ambientalistas, activistas y observadores. 

¿En qué consiste esa euforia? Empecemos con diferenciaciones. 

Hay quienes han celebrado la decisión de Piedras porque, conociendo los antecedentes, la consideran justa y correcta para el caso en mención. 

Pero hay otra cara de la euforia: la de quienes no sólo aplauden lo sucedido en Piedras, sino que también se han entusiasmado con el mecanismo de la consulta popular, e invitan ahora a que se use en todo el país para rechazar los “macroproyectos”. Seguramente habrá propuestas de consulta popular contra minas de carbón, minas de oro, áreas de exploración y explotación de petróleo, o incluso todo lo anterior. 

Los argumentos que llevan a estas personas a oponerse a dichos proyectos serían materia de otro debate. Por ahora me limitaré al asunto del mecanismo. 

¿Cree alguien sinceramente que el recurso indiscriminado a consultas populares constituye una forma racional de planificación y ordenación del territorio? Yo claramente no lo creo: el territorio, como elemento común en nuestras vidas, debe ser objeto de una planificación donde se consideren las necesidades y las inquietudes de todos; donde se considere lo que necesita nuestra nación, y la disponibilidad de recursos para atender tales demandas. Y todo ello teniendo como guía objetivos comunes de desarrollo y bienestar social. 

Una “operación avispa” de consultas populares sería todo lo contrario: una expresión descoordinada de inquietudes particulares y microlocales. Como una colcha de retazos, no podríamos pensar el territorio como elemento para el bienestar común de la Nación, pues tendríamos que atenernos a lo que en cada localidad han decidido que se puede y no se puede hacer. Basta imaginar, por ejemplo, que en todos los municipios con potencial hidroeléctrico rechazaran tal cosa con consultas populares: ¿dejaríamos entonces al país sin energía?

Esto traería además preocupaciones constitucionales. El principio de prevalencia del interés general quedaría completamente desinflado. Y entraríamos al absurdo de que, vía consulta popular, se prohíba el ejercicio de actividades económicas lícitas, es decir, de un derecho fundamental.

Credito
ANDRÉS MEJÍA VERGNAUD

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