La propiedad intelectual y el TLC

La negociación del Tratado de Libre Comercio con los Estados Unidos, TLC, que se espera comience a operar desde fines del presente año, ha sido objeto de controversias.

Las centrales obreras y los partidos de izquierda, en particular, han hecho reparos al tratado, con mayor énfasis hace unos cinco años, en esta oportunidad no se percibe la misma intervención.

En la recta final de implementación del TLC, como consecuencia de los compromisos previos adquiridos entre Colombia y Estados Unidos para dar iniciación al tratado, el Congreso aprobó en corto tiempo (18 días), la  ley que modifica la protección a los derechos de autor en  “toda creación intelectual original de naturaleza artística, científica, o literaria, susceptible de ser divulgada o reproducida en cualquier forma”, tal como lo dice la citada nueva ley sobre propiedad intelectual que sancionó el presidente en Cartagena, como uno de los actos de la VI cumbre de la Américas que se realizó allí en la semana anterior. ¡Qué proeza, por Dios!...


Al hacer una lectura rápida sobre los 22 artículos de la ley en mención, se encuentran objetos nuevos y modificaciones a normas ya existentes. Una de ellas es, por ejemplo, la que establece un mínimo del 30 por ciento  (antes era del 50 por ciento) el porcentaje de la producción en los programas nacionales que se emitan en la televisión colombiana, en horarios de alta audiencia.


Esto significa que los colombianos estamos abriendo la posibilidad de una mayor divulgación de programas estadounidenses en nuestra televisión, y muy seguramente, afectará el trabajo de nuestros artistas  y productores de televisión. Es como para llorar.


Se establecen restricciones a la transmisión de programas de televisión por la red internet, lo cual afecta el derecho de los usuarios de este medio electrónico.


Se incrementan las penas de cuatro a ocho años de prisión a quienes busquen ganancias económicas o ventajas comerciales, que actuando sin la autorización de los derechos de autor, retransmitan, alquilen, vendan, distribuyan o exporten obras literarias, películas u obras musicales.


Se hace la excepción en caso de uso para fines educativos, científicos o de investigación. La protección de los derechos de autor se extiende hasta los 70 años, una vez se haya producido la obra, producto de un trabajo intelectual.


De todas maneras, en todo esto  hay situaciones de fondo que tienen que ver con la preservación de nuestra identidad y diversidad cultural, con la producción intelectual de los colombianos que así sea poca, se puede ver afectada al competir con estados de desarrollo científico y artístico más avanzado en los Estados Unidos.


Falta ver, en los próximos años, si la productividad científica y artística colombiana va a ser mejor o peor con la circulación de productos intelectuales norteamericanos con mayor facilidad que antes de la vigencia del TLC.


“Lo que realmente está en juego es nuestra producción intelectual, nuestras industrias culturales, la protección de nuestra identidad y la salvaguardia de la diversidad cultural”, dice al respecto Mónica Torres de la Cerlalc.  


Ronda la idea en el ámbito intelectual, que los Estados Unidos se nos están convirtiendo en legisladores del mundo en estos temas, a través de estos condicionamientos cuando se firman Tratados de Libre Comercio.


Y aún cuando con esto se pretenda llevarnos más rápido a ser “Ciudadanos del Mundo” como lo plantea Drucker, en este caso, la mirada debe ser crítica, con lo anterior ¿nos están beneficiando o nos están ubicando en un escenario desventajoso?.  Como colombiano, ¿en qué te quedas pensando?

Credito
INDIRA ORFA TATIANA ROJAS OVIEDO

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