El tema de género no es solo de mujeres

Indira Orfa Tatiana Rojas Oviedo

Se escuchan opiniones que excluyen al género femenino, incluso de la participación efectiva en grupos de altos niveles político, económico, social y laboral, dejando en el ambiente la idea de que los derechos de género son un tema que sólo incumbe a las mujeres; dadas las injusticias, las privaciones, la falta de credibilidad y la violencia a la que se enfrentan a diario miles de ellas en el mundo.

El tema debe ser motivo de preocupación de congresistas, de todas las facultades de las distintas universidades del país y del mundo.

Hace 30 años, se firmó la Convención para la Eliminación de Todas las Formas de Discriminación contra la Mujer y hace 15 años se suscribió la Convención de Belem du Pará, cuyo fin es que sea aplicada y reconocida en cuanto a todos los derechos de la Mujer, en todos los campos de lo que se hace arqueología en el libro ‘El Derecho en el Género y el Género en el Derecho’, de Alicia Ruiz.

Es que nuestro género grita la necesidad de formación de sus derechos porque a pesar de la Constitución Política, de los tratados internacionales que versan Derechos Humanos, del Fondo de Desarrollo de las Naciones Unidas para la Mujer, Unifem, estos derechos siguen siendo desconocidos por niñas, adolescentes y adultas y en consecuencia, desconocidos por el Estado, la sociedad y las familias colombianas en altísimo porcentaje.

La lista de diferencias de género que aún se plantean, tiene que ver con el heho de que se considera que es muy propio de los hombres lo público, la producción, la independencia, el poder , el trabajo, frente a las mujeres que deben dedicarse a lo privado, al hogar, al consumo, la dependencia, la falta de reconocimiento público y la falta de poder, como lo plantea Linda McDowell, definiendo el concepto de género.

El 25 de noviembre se llevó a cabo el Día Mundial de la No Violencia Contra las Mujeres, declarado por la Asamblea General de las Naciones Unidas en 1999. Un tema que amerita relexiones diarias y permanentes porque tiene que ver con injusticias y delitos que la mayoría de las veces quedan ocultos por falta de denuncia.

Por la Encuesta Nacional de Demografía y Salud (Profamilia), que se practica periódicamente, nos enteramos de que “dos de cada cinco mujeres alguna vez casadas o unidas reportaron haber sufrido agresiones físicas por el esposo o el compañero; la violencia física por el cónyuge baja de 41 a 39 por ciento cuando se compara con los resultados obtenidos cinco años atrás”, según lo registra la encuesta de 2010.

Entonces, la violencia contra la mujer es un tema de no acabar que debiera suscitar manifestaciones de protesta pública cada vez que se sepa de hechos de esta naturaleza. Por ahora, hay suficientes normas jurídicas que garantizan la investigación penal e incrementan las penas a quienes cometan delitos contra la mujer. Recientemente está la ley 1542 de 2012, que elimina el carácter querellable y desistible de violencia intrafamiliar e inasistencia alimentaria y, acaba de terminar el curso en el Congreso y está pendiente de la sanción presidencial, la conocida Ley Ponce, que establece como nuevo delito las “lesiones con agentes químicos o ácido”, en clara referencia a lo ocurrido a Natalia Ponce, atacada con ácido en su rostro, en marzo de 2014.

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