Un SOS al Congreso de la República por la defensa del género femenino

Indira Orfa Tatiana Rojas Oviedo

Este diario, en su edición del viernes once pasado, registró tres hechos de violencia contra la mujer que producen estupor. Uno de ellos el caso de la periodista Yamile Arango Ospina golpeada violentamente por su compañero sentimental; la modelo Daniela Melo Martínez, igualmente maltratada por su novio Juan Diego Restrepo y Marcela Yanet Borray, madre de siete hijos, asesinada por su esposo en Honda.

Son casos que me hacen declarar indignación intensa. También muchos interrogantes sobre la eficacia de las leyes que sobre violencia contra la mujer están vigentes y algunas de ellas expedidas recientemente.

¿Qué efectos ha producido la ley de feminicidio, ley 1761 de julio 6 de 2015? ¿Entrará a hacer parte de letra muerta, como tantas otras expedidas sobre tantos temas? Porque supuestamente la expedición de normas restrictivas sobre el comportamiento de las personas es suficiente para que no ocurran delitos y faltas.

La ley de feminicidio a que hago referencia, define este delito autónomo como aquel cometido por “quien causare la muerte a una mujer, por su condición de mujer o por motivos de su identidad de género”.

Debe haber homicidio de por medio para que se obre drásticamente sobre hechos de violencia contra la mujer. Eso explica el por qué terminan libres los actores de violencia física contra la mujer, cuando no caben en la tipificación que hace la ley de este delito. ¡No hay derecho!

Se entiende, entonces, que hechos de violencia física, sexual, psicológica o económica, contra la mujer, apenas se convierten en antecedentes agravantes cuando no culminan en un hecho de muerte.

Es inaceptable saber que estos actos culminen con la decisión de dejar en libertad a sus actores y además premiados, cuando son trasladados y con cargos de mando a otras jurisdicciones. ¡Qué falta de respeto por el género femenino!

¿Entonces que pasa cuando el esposo o compañero ejerce acciones violentas de opresión, dominio y poder sobre las mujeres? ¿En qué quedan las acciones de humillación contra mujeres indefensas? Cuando hay amenazas reiteradas, cuando a la mujer se le impide la comunicación para silenciar actos de violencia; cuando se les impide su movilización y se les cautiva en una residencia.

Definitivamente vivimos a menudo frente a actividades propias de la cultura de la violencia que se manifiesta de diferentes maneras en el entorno. Entre ellas el ambiente de violencia que surge de la actividad de los grupos insurgentes, de la violencia familiar, de la violencia escolar.

La violencia se ha convertido en una forma de vida , muy cerca de la ocurrencia de la corrupción de la que tanto se habla. Magnificada y extendido su conocimiento a través de los medios de comunicación social, de los noticieros de radio y televisión que inician con el registro de masacres, de hechos de muerte, pero no hay castigo ejemplar para individuos violentos.

¿Hasta cuándo vamos a lograr el respeto por la mujer? Es hora de que el Congreso modifique las leyes de defensa a la mujer y las endurezca ejemplarmente.

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