Las falacias de Colpensiones Justicia “garantista”

Profesor Titular UT

Se define desde el punto de vista de la lógica jurídica, una falacia, como un razonamiento no válido o incorrecto, con apariencia de veracidad. Es un razonamiento engañoso o erróneo (falaz), pero que pretende ser convincente o persuasivo. Y eso es precisamente lo que Colpensiones ha querido hacer creer al pueblo colombiano, de que está cumpliendo con la orden emanada de la Corte Suprema de Justicia.

Colpensiones es una empresa industrial y comercial del Estado, de carácter financiero que tiene como objeto la administración estatal del Régimen de Prima Media con Prestación Definida y entró en operaciones gracias al Decreto número 2011 de 2012 del 28 de septiembre de 2012.

El Gobierno le entregó recursos para que resolviera la situación que estaba a punto de hacer colapsar el sistema, pero también le entregó la herencia que recibió del Seguro Social, miles de “Derechos de peticiones” sin cumplir, “Tutela falladas” y solicitudes represadas. Mientras tanto el número de nuevos peticionarios aumentaba y la sensación de frustración de muchos colombianos va creciendo.

La Corte Suprema de Justicia se apersonó del problema y con el Auto 110 del 12 de julio de 2013 le estableció una serie de compromisos a Colpensiones, los cuales esta entidad debía cumplir antes del 31 de diciembre. Entre otras tareas estaba la de responder todos los derechos de petición y todas las sentencias dictadas contra el ISS y además las peticiones hechas directamente a la entidad.

Colpensiones desplegó toda una estrategia publicitaria. Entre otras creó una página para que los usuarios consultaran cada mes las resoluciones proferidas y habló de jornadas de notificación en las principales ciudades del país. Parecía que todo iba muy bien, mientras el año avanzaba. Llegó diciembre y se aumentaron las expectativas por las soluciones y efectivamente comenzaron a llegar cartas informando que debían presentarse para la notificación personal del acto administrativo, mediante el cual se resolvía su solicitud.

El optimismo inicial se fue transformando con las soluciones dadas. La mayoría de ellas parecía invenciones kafkianas por lo inverosímiles. Faltaban años cotizados; las semanas no daban el tope mínimo, las edades no correspondían a la historia laboral e, increíblemente, muchos fueron citados para notificarse de resoluciones que no habían sido expedidas y la explicación que dieron sencilla y cínicamente fue de que “se había cometido un error por parte de un computador al haber imprimido notificaciones por adelantado”.

Los directivos de Colpensiones fracasaron y, en lugar de aceptar su ineptitud, se han dedicado a crear falacias para engañar a miles de colombianos que siguen esperando el milagro que les conceda el disfrute de su pensión, derecho inalienable que el mismo Estado se encarga de vulnerar.

lcelemin@ut.edu.co

Con el fin de llegar a una verdadera justicia, el Legislador ha dado la posibilidad para que el procesado tenga la oportunidad de acudir a diferentes instancias para la reclamación de sus derechos y evitar que la decisión quede en manos de un solo juez, cuyo criterio muchas veces puede ir en contra de la ley o de los principios de justicia que se buscan en el juzgamiento.

Es así que vemos que un fallo se puede reponer, apelar y hasta llegar a instancias de las altas Cortes para ratificar o contrariar la decisión obtenida en primeras instancias. Si no estamos de acuerdo nos vamos a la tutela. Una decisión de un órgano de control como la Procuraduría o Contraloría, puede ser contrariada por entes judiciales o de investigación como la Fiscalía. Si no estamos contentos, nos podemos ir a Cortes Internacionales para que definan la situación. En fin, esto es lo que llamamos tener una justicia “garantista”.

Este sistema, que puede sonar para el particular muy justo, puede llevar a que la justicia cada día sea más costosa para el Estado y los particulares por la demora en la toma final de sus decisiones judiciales; a una falta de credibilidad en la misma ya que ésta no se aplica en forma oportuna sino cuando ya no tiene ninguna incidencia, y a una inestabilidad, ya que si los particulares consideran que los fallos de los jueces nunca quedan en firme y sus decisiones simplemente son un paso más para acudir a otras instancias y dilatar sus sentencias, preferirán no acudir a ella..

Estas situaciones que se han visto en las últimas decisiones judiciales y de los órganos de control, generan un mal antecedente para la justicia en nuestro país. Es cierto que deben existir garantías, pues nuestros jueces en sus decisiones pueden equivocarse, pero no pueden éstas convertirse en un chiste, ya que se está abriendo el camino a la impunidad y entonces los particulares pueden tomar la opción de hacer justicia por sus propias manos.

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Credito
LIBARDO VARGAS CELEMÍNRAMIRO SERRANO SERRANO

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