Tribunal determinará competencia del Juez en el caso del “Chatarrero”

HÉLMER PARRA - EL NUEVO DÍA
La nueva defensa de Pérez Torres, solicitó sea la Sala Penal del Tribunal Superior de Ibagué, quien determine si el Juez sigue a cargo del caso.

Una vez más fue suspendida la audiencia de formulación de acusación contra Jorge Alexánder Pérez Torres, alias “El Chatarrero”, en la que se pretendía hiciera presencia física el acusado, esta vez por la solicitud de la nueva defensa, donde pide clarificar la competencia del Juez en el caso.

Según estableció el nuevo abogado de confianza de Pérez Torres, el reconocido profesional y exfiscal Juan Valbuena, los hechos por los que se le acusa a su cliente no estarían dentro del catálogo de delitos que impliquen la competencia de un Juez Especializado, toda vez que el proceso inicial fue radicado ante un Juez Penal del circuito, quien para ese entonces se declaró incompetente.

Acciones por las que el profesional pidió sea la Sala Penal del Tribunal Superior de Ibagué, quien determine si el Juez Primero Penal Especializado es quien debe seguir asumiendo este caso.

Frente a lo mencionado el mismo Juez avaló la solicitud.

“Debe generarse el espacio para que el Tribunal Superior delimite si soy o no competente (...) en razón a que no ha sido debatido en la instancia respectiva, el despacho va a optar por darle la razón a la señora Fiscal, a la representante del Ministerio Público y al planteamiento de la defensa y dispone que de manera inmediata se remita la actuación ante la Sala Penal del Tribunal Superior de Ibagué, para que se determine si se le da trámite a la impugnación de competencia”, indicó el Juez.

Rodolfo Salas, abogado de las víctimas, aseguró que dicha decisión no es un tema que afecte el proceso, pues en caso contrario lo que haría es que el caso llegue lo más depurado al Juicio Oral.

“Para efectos de que el proceso llegue a ningún vicio es necesario que el Tribunal dirima este aspecto (...) en juicio oral el proceso estará tan depurado que cuando se cumpla la sentencia no habrá lugar a que el defensor pueda alegar nulidades o vicios”, indicó Salas.

Una vez expuestos los hechos, las partes tendrán que esperar la respuesta de la Sala Penal, donde además se determinará una nueva fecha para la audiencia.

Credito
EL NUEVO DÍA

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