En vigencia la Ley que trae alivios para los pequeños y medianos productores

Crédito: Jorge Cuéllar - EL NUEVO DÍA Durante un año, los pequeños y medianos cultivadores tendrán acceso a diferentes alivios financieros y no financieros.
Tras un año difícil de pandemia, el Gobierno nacional sancionó la Ley 2071 que busca entregar diferentes alivios a los campesinos del país. Para el caso del Tolima, serán más de 12 mil productores que podrán beneficiarse.
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A través de la Ley 2071 del 31 de diciembre de 2020 se adoptaron medidas especiales para el financiamiento de la reactivación del sector Agropecuario, Pesquero, Acuícola, Forestal y Agroindustrial. Por un año, los pequeños productores agropecuarios tendrán la oportunidad de recibir alivios.

Absalom Arias, integrante del Movimiento Campesino y de Derechos Humanos del Tolima, explicó que después de un arduo trabajo adelantado por tres años, se logró para los campesinos y campesinas de Colombia, la aprobación de esta Ley que trae beneficios para “aquellas familias que ya estaban a punto de perder sus fincas por parte de los bancos”.

Arias resaltó que esta sería la primera Ley que va dirigida exclusivamente a pequeños y medianos productores, “las familias que estaban en proceso de juzgados o jurídicos, automáticamente se le deben terminar los procesos, (igualmente) se recogen créditos líneas Finagro con Bancoagrario y todos los bancos de Colombia, pero adicionalmente, recoge deudas de cualquier agricultor o agricultora con otras entidades que no sean bancos”.

Es decir deudas con asociaciones, cooperativas, agremiaciones o entidades no financieras, que estén legalmente reconocidas y tributariamente reportadas a la Dian.

Agregó, que junto a Nilson Rojas trabajaron en este proyecto a raíz de los remates de predios e incluso de los suicidios de algunos productores a causa de las deudas, asimismo, se contó con el apoyo del movimiento campesino y el Grupo Semillas. Se estima que hasta 2019, 12 mil campesinos de Tolima estaban en procesos jurídicos y judiciales por el no pago oportuno de créditos, pero los beneficiarios de la Ley superan esta cifra.

 

¿Qué se decreta?

El artículo Primero precisa que se busca aliviar las obligaciones financieras y no financieras con las que no se pudieron cumplir debido a fenómenos fitosanitarios, zoosanitarios, biológicos, caída severa y sostenida de ingresos, afectaciones climáticas “y en general por cualquier otro fenómeno no controlable por el productor que haya afectado su actividad productiva y comercialización”.

De la misma forma, se facultó al Banco Agrario y a Finagro como administrador del Fondo Agropecuario de Garantías, FAG, “para celebrar acuerdos de recuperación y pago de cartera que hayan entrado en mora antes del 30 de noviembre de 2020, según corresponda, los cuales podrán incluir la condonación de intereses corrientes y de mora”.

En este punto, según explicó Arias serán el Ministerio de Agricultura, Banagrario y Finagro quienes definan cuál será el valor de las rebajas sobre el capital,  “estamos en comité técnico con el Ministerio para que nosotros, los campesinos y campesinas, también podamos aportar a la construcción y hacer unas propuestas frente a la rebaja de capital y otros ítem no definidos dentro de la Ley”.

La propuesta desde el sector agropecuario es un descuento del 80% del capital para los pequeños productores y 60% para los medianos, “como no tenemos flujo de capital, pedimos seis años de plazo para pagar el saldo que tengamos que pagar”.

Otro de los artículos señala que los deudores con obligaciones al 30 de noviembre de 2020 del Fondo de Solidaridad Agropecuario, Fonsa, y del Programa Nacional de Reactivación Agropecuaria, Pran, también podrán extinguir sus obligaciones hasta el 31 de diciembre de 2021, con esta Ley.  

Y se precisa que “aquellos deudores que hayan realizado abonos a capital podrán extinguir sus obligaciones cancelando la diferencia entre el monto inicial de la deuda y los abonos a capital realizados hasta la fecha que establezca el Ministerio de Agricultura”. 

Igualmente, se explica que se suspende el cobro judicial y prescripción para deudores del Fonsa y el Pran, y se “abstendrá de adelantar su cobro judicial a partir de la entrada en vigencia de la Ley y hasta el 31 de diciembre de 2021 (…)

Otro de los acuerdos establecidos es que el Ministerio de Agricultura entregará informes trimestrales al Congreso y a la ciudadanía sobre los avances parciales de las medidas financieras entregadas a los pequeños y medianos productores agropecuarios. 

 

Ley de iniciativa campesina

Esta Ley además incluye alivios de saneamiento de la cartera de los usuarios de los distritos de adecuación de tierras y se amplía hasta el 30 de junio de este año el subsidio rural establecido en el decreto legislativo 819 de 2020.

“Vale la pena destacar que esta es la primera Ley que se aprueba de iniciativa campesina y de derechos humanos, aquí no hubo apoyo de los partidos políticos, fue un proceso social, comunitario de derechos humanos y del campesinado y con apoyo definitivo y comprometido de la Procuraduría General de la Nación y de la Contraloría General de la República”.

Arias reiteró que esta Ley ya está funcionando, por lo que la tarea por parte de los beneficiarios es conocerla a fondo para que le saquen el mejor provecho, pues solo está vigente hasta el 31 de diciembre de este año, “campesino y campesina que no se acoja, pues queda su finca todavía en riesgo”. Por ello, las personas que quieran ampliar el tema se pueden comunicar al número 322 4630031.

 

DATO

La norma crea un alivio especial a los deudores del Fonsa y Pran, suspende el cobro judicial y la prescripción para deudores y creó un plan de alivio de las dudas financieras y no financieras para cadenas priorizadas por Minagricultura. 

 

DATO

La Ley 2071 incorporó criterios que dan prioridad a las mujeres del campo, orientados al trabajo productivo, crédito, asistencia técnica y capacitación con enfoque de género.

Credito
Redacción Tolima

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