Juzgado de Ortega volvió a amparar los derechos de los ‘Pijao’

Crédito: Archivo - EL NUEVO DÍA Desde hace varios meses, las comunidades le están haciendo varios reclamos a la empresa Hocol, entre ellas, acciones ambientales que mitiguen los impactos ambientales de la operación.
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Tras una apelación, el Despacho revisó nuevamente el proceso de acción de tutela interpuesto por las comunidades indígenas en contra de la Inspectora de Policía y la petrolera Hocol S.A., la decisión fue mantenerse en la protección de posibles derechos vulnerados.
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El Juzgado Segundo Promiscuo de Ortega, volvió a amparar los derechos fundamentales al debido proceso y a la defensa, solicitados por 15 miembros de las comunidades Pijao de Ortega, quienes acudieron a una acción de tutela para reclamar derechos que sintieron vulnerados, por la Inspectora de Policía del Municipio.

El hecho se dio en medio de una audiencia adelantada el 12 de agosto de 2021, la cual  tenía como fin resolver una querella interpuesta por la empresa Hocol S.A.

Según el documento del fallo, tras un recurso de apelación de la primera decisión, el caso llegó al Juzgado Segundo Civil del Guamo, allí se dispuso la nulidad de todo lo actuado, “desde el acto admisorio de la demanda”.

Por ello, se ordenó vincular a la Organización Nacional Indígena de Colombia, Onic, la dirección de Asuntos Indígenas del Ministerio del Interior, el Consejo Regional Indígena del Tolima, Crit, al Tribunal Superior Indígena del Tolima, también, a la Procuraduría General y la Provincial de Chaparral.

Una vez se hicieron las notificaciones respectivas, se procedió a escuchar uno a uno los involucrados, en el caso de Hocol señaló que los accionantes hicieron uso indebido de la acción constitucional, pues se estaría buscando desatender una acción policial que se había dado en medio de unas vías de hecho “que perturban el desarrollo de una actividad catalogada por el legislador como de utilidad pública e interés general”, asimismo, argumentaron que en la audiencia no se afectó “la dignidad de ninguno de los querellados”.

Agregan que con la acción de tutela se pretende dejar sin efectos una “orden de policía que ordenó establecer el Statuo – Quo del libre tránsito sobre las vías públicas”, esto en referencia a la minga de reclamación y control territorial que adelantan los indígenas en los campos de explotación petrolera de Hocol.

Por su parte, la Procuraduría General reiteró que a la audiencia pública asistió el Personero Municipal, quien informó que la Inspectora fue recusada por posible conflicto de intereses y aunque pidió que suspendieran el proceso, la petición no fue atendida. Mientras que la Inspectora volvió a responder que no estaba impedida y aunque pertenece a la comunidad indígena Quintín Lame Los Colorados, “no existe prohibición ninguna para que pueda ejercer como servidor pública. Tampoco es cierto que se encuentre parcializada por la empresa Hocol, ya que nunca ha tenido vínculo alguno”. Añadió, que en visita a Mesa de Cucuana Santa Rita, no la dejaron ingresar porque las comunidades “tenían bloqueada la vía”.

Análisis del despacho

El Juzgado señaló que las inconformidades de los accionantes, surgieron porque no fue acatada la recusación interpuesta a la Inspectora, igualmente, los querellados no tuvieron garantías pues, “la única persona presente que velaba por las mismas, el personero municipal, se retiró de la audiencia, al no ser escuchadas sus apreciaciones al respecto de la recusación”.

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REDACCIÓN TOLIMA

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