Sobre el error judicial

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La evolución del Derecho -que ha superado dogmatismos y prejuicios-, y el formidable avance de la tecnología -cuyos instrumentos aportan a la criminología valiosos elementos de los que carecía hace unos años, ofreciendo un mayor margen de certidumbre sobre las pruebas en los procesos penales-, harían pensar que en la actualidad tendrían que ser menores las posibilidades de error judicial en relación con los hechos.

Indudablemente, las modernas técnicas garantizan altos porcentajes de precisión y certeza en cuanto a acontecimientos, datos y circunstancias de modo, tiempo y lugar.

Desde luego, es claro que, siendo humano el juez, de todas maneras resulta imposible asegurar que el error pueda ser completamente erradicado de los estrados judiciales, pues quien falla tiene un considerable margen de apreciación sobre los hechos relevantes en el proceso del cual conoce, y su criterio -por esa imperfección humana- puede ser deficiente.

Allí puede surgir el error de hecho, en el momento de valorar el acervo probatorio. O puede ocurrir que, siendo correcta esa valoración, aparezca un error de Derecho, por una equivocada interpretación de las normas aplicables.

Pero, desde luego, no podemos negar que los elementos con los que cuenta hoy la administración de justicia son muy superiores a los que tenían en sus manos los jueces y magistrados de hace medio siglo.

La justicia –el valor supremo del Derecho- tendría que ser más accesible hoy que ayer, con base, además, en el desarrollo de criterios jurídicos decantados a lo largo de los años, en una época en que principios como la razonabilidad y la proporcionalidad de las decisiones han adquirido nivel preeminente en los sistemas jurídicos respetuosos de los derechos humanos.

La realidad, empero, es diferente, no solamente en Colombia sino en otros países: el error judicial es cada vez más frecuente, por muchas causas que la tecnología no puede superar, como la politización de la justicia, las pasiones, la falta de preparación o la inexistencia en muchos casos de un sólido criterio jurídico de fiscales, jueces y magistrados.

Mucho nos tememos que el caso de la oncóloga colombiana Ana María González, condenada por un tribunal de Texas a diez años de prisión bajo el cargo de haber envenenado a su ex novio, sin que exista prueba directa y segura en su contra –solo indicios-, corresponde a un clásico error judicial por deficiencias en la apreciación y valoración del material probatorio.

¿Habrá tenido algo que ver el origen nacional de la prestigiosa científica?

Credito
JOSÉ GREGORIO HERNÁNDEZ GALINDO

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