Procuraduría revocó sanción en favor de exsecretario de la Alcaldía de Ibagué

ARCHIVO - EL NUEVO DÍA
La Procuraduría Regional revocó la sanción dictada por la Personería municipal en contra del exsecretario Administrativo de la Alcaldía de Ibagué, José Adrián Monroy, quien fue inhabilitado por 12 años para ejercer cargos públicos en marzo de este año.

La decisión también cobija al exdirector de Recursos Físicos de la Alcaldía, José Manuel Criollo, quien fue sancionado con ocho meses de inhabilidad para ejercer cargos públicos.

Monroy como ordenador del gasto en 2015 suscribió dos contratos para la compra de archivadores y de suministro de equipos de oficina para la Secretaría de Hacienda.

El primer contrato tuvo un valor de 179 millones 978 mil pesos y el segundo un costo de $217 millones.

De acuerdo con lo expuesto por la Personería, la empresa Operación y Logística S.A.S., que se adjudicó ambos contratos, no reunía los requisitos exigidos en el pliego de condiciones.

Criollo, quien tuvo a su cargo la calificación de las propuestas, no había justificado en las fichas debidamente su decisión.

Sin embargo, para la Procuraduría la Personería no profundizó este aspecto y tampoco realizó el ejercicio y análisis probatorio para determinar en cuáles de las fichas técnicas o en qué elementos se podía establecer la ausencia de tal información, ni definió qué implicaciones tuvo esa supuesta omisión para el cumplimiento de los fines de la contratación y la correcta ejecución del contrato.

“Encuentra esta regional que no existe elemento alguno que permita establecer con certeza el incumplimiento a los requisitos mínimos por parte del proponente seleccionado, y que soportan el endilgar la responsabilidad en contra de los disciplinados; ya que infortunadamente se limitó a reproducir los fundamentos de la queja que originó la presente actuación disciplinaria, afirmando de manera genérica que las fichas técnicas presentadas por el oferente no contenían los requisitos mínimos, sin un análisis concreto y específico de las mismas”, concluye la Procuraduría.

 

Dato

Según el fallo, la Personería se había limitado a reproducir los argumentos de la quejosa sin realizar el ejercicio y análisis probatorio que sustentaba la acción disciplinaria. 

Credito
EL NUEVO DÍA

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